Deudas financieras

Han pasado 20 días desde que me han puesto un monitorio por impago de 17000 euros, se que ahora me embargaran las nominas y cuentas corrientes ahora bien mi pregunta son.
Si tengo 3 libretas de ahorro una de ellas siempre esta en negativo pues ahí me cobran los recibos de luz etc... Por lo que tengo entendido que estando en negativo no se me puede embargar pues cualquier dinero que entre sera para el negativo ¿es así? Las otras 2 cuentas corrientes son donde tengo domiciliado un préstamo personal y la otra la hipoteca ¿cómo puedo hacer para que el dinero que ingrese de las cuotas tanto del préstamo personal como de la hipoteca no se me embargue y se cobre tanto la hipoteca como el préstamo personal? ¿Me explico?

1 respuesta

Respuesta
Se explica bien, pero está equivocado. Solo es inembargable en cuenta corriente la cantidad que sea inembargable en origen. Es decir, tratarán de reternerle de su nómina y si esto no se puede embargarán todas y cada una de sus cuentas, con independencia de que tenga o no dinero. Si en el momento del embargo no hay dinero, se esperará a que lo haya. Lea este post http://www.mediatoris.com/actualidad/el-embargo-de-cuentas-corrientes
O sea si a usted le pasara, ¿cómo pagaría la hipoteca y el préstamo personal si el dinero que ingreso en cada una de las libretas seria embargado no?
De momento a mi no me pasa. Dado que usted es a quien le pasa, lo que debe hacer (dado que yo solo expongo las cosas como son), es acudir al juzgado correspondiente y participar en el procedimiento para que el juez valore todas y cada una de sus circunstancias.
En los procesos civiles, existe la figura de rebeldía procesal. Se produce cuando el demandado no atiende a las resoluciones ni a los requerimientos. De hecho a usted se le ha notificado que se persone en el juzgado para que comunique bienes susceptibles de embargo. Ese momento es el adecuado para poner en conocimiento del juzgado los pagos a los que ha de hacer frente se valorarán todas las circunstancias.
Si se declara en rebeldía procesal, el demandante, solicita en el juzgado el embargo de todas las cuentas, conocedor de que si se le ocasiona un perjuicio, usted acudirá al juzgado a protestar y se le podrá tener por personado. Dese cuenta que la presciencia no es una cualidad del ser humano, incluso si es juez.
Esto sin perjuicio de otras alternativas posibles que podrían tomarse en cuenta para afrontar el impago.

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