Tengo una deuda con gescobro ¿Qué debo hacer?

Gescobro me reclama una deuda mantenida con SANTADER CONSUMER FINANCE S.A, me reclaman dos contidades 4300 y 2200 por otro lado, hace un par de años me concedieron ese préstamo, lo estuve pagando hasta que me quede en paro, después del primer mes sin poderlo abonar, me dejaron de pasar las cuentas y al poco tiempo, apareció GESCOBRO, me reclaman cantidades elevadísimas. En agosto del 2009 me puse en contacto con SANTADER CONSUMER Y GESCOBRO, para intentar solucionar el tema, pero no me dieron ningún tipo de facilidad, yo solo quería que me pasasen los recibos atrasados, puesto que podría pagarlos mes a mes, ya que tengo ahora mismo trabajo, pero me dicen que no, que lo tengo que abonar de una solo vez. Ahora me lo van a reclamar por vía judicial. En la ultima cata me dicen que en 8 días iniciaran la acción por vía judicial. ¿Qué puedo hacer, si no puedo pagarlo todo de una vez? Este tema esta terminando con mi salud. ¿Me prodiais ayudar

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Lo único que puede intentar hacer es poerse de acuerdo con ellos elaborando un calendario de pagos que sea creíble y adecuadoa las cantidades. Si no lo aceptan están en su derecho y se lo reclamarán judicialmete.
Podemos intentar conseguir financiación de un titular no afectado por los impagos y que usted pague los vencimientos. No hay más opciones.
Muchas gracias por tu ayuda, pero se me olvido preguntar, que si lo hiciera judicialmente, ¿tendría qué acudir algún juicio? Tengo una hipoteca y mi nomina, me enbargarian algo, del ser el piso ¿me embargarían una parte proporcional o como va eso?. La hipoteca es al 50% con mi marido. Muchas gracias de nuevo.
La reclamación judicial la hace el acreedor. Una vez iniciada usted puede plantear la opción ante el juez, no antes.
Si no lo hace y el procedimiento se produce, eso gravará embargo sobre sus viene presentes y futuros. Eso afecta las cuentas corrientes, bienes, etc..
Quizás no me explique bien, mi duda es que si una vez que vallamos a jucio ¿me imagino? Me embargarían la totalidad de mi piso o u tanto por cierto. Gracias
Si la deuda solo es personal, le embargarán la parte de la vivienda que sea suya en el porcentaje escriturado. Si firmaron los dos cónyuges, embargarán la totalidad del piso.

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