Demanda judicial por impago

En enero de 2006 financié la compra de un vehículo con finanamadrid el cual, terminaba de pagarlo en 2016. En Julio de ese mismo año de 2006 Finanmadrid, mediante una solicitud de crédito fácil me concede un préstamo de 6000 euros con un interés del 22% y cuotas de 150,72 Euros durante 72 meses hasta julio de 2012 que es cuando se terminaría de pagar. Creo recordar que para la financiación del vehículo tuve que aportar la fotocopia de escrituras de la vivienda no se para que pues esta vivienda actualmente le consta una hipoteca pendiente de 76000 euros y solo soy propieterio de ese bien es decir del piso un 50% ya que el otro es de mi novia.
El problema es que con la crisis he estado parado mucho tiempo sin poder hacer frente a los pagos de los créditos y ahora Finanmadrid me denuncia por monitorio de estas 2 deudas. Tengo que decir que estoy pendiente de que la comisión de justicia gratuita me conceda definitivamente la abogada de oficio que tengo provisionalmente pero hasta mayo de 2011 no me lo concederán para el fin la cual solicite que es acogerme a la ley concursal de suspensión de pagos. Así que mis preguntas son las siguientes:
1 ¿Para qué me pidió en su día la financiera del vehículo las fotocopias de la es escrituras?
2 ¿Puedo impugnar el crédito personal del 22% de interés por considerarlo abusivo (usura)?
3 ¿Es viable oponerme al monitorio y ganar tiempo hasta mayo de 2011 si que me ejecuten embargos?
4 ¿Qué cantidad me embargarían de una nomina de 812 euros y otra de 238 euros por el total que adeudo que son 17000 euros?
5 ¿Qué pasa con mi vivienda al tener una hipoteca y el 50 % de titularidad en caso de embargo?

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Respuesta
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No entiendo que pregunte teniendo acceso a justicia gratuita. Dicho esto, la respuesta a las cuestiones es:
1.- Pregúntele a la financiera. Yo no trabajo para finanmadrid. Quizás debió preguntarlo en su día.
2.- ¿Usura para el préstamo personal? Olvídese de ello, lo perderá seguro. Si quiere discutir el tipo de interés de demora, puede intentar rebajarlo de otra forma, pero de eso ya se encargará su abogado.
3.- Poder, puede oponerse. Será el juez el que determine si tiene recorrido o no.
4.- ¿Unos 150? O más.
5.- Le embargarán el 505 de la vivienda y si tiene suficiente valor subastarán el 50% de la vivienda.

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