Me pueden embargar por deuda de mi mujer

Mi mujer tiene una deuda de 960 € en tarjeta de un supermercado, le han citado en el juzgado y le hicieron firmar unos papeles reclamándole la deuda en un plazo de 20 días, ella esta sin trabajo y ya sin paro, estamos casados y tenemos un piso a nombre de los 2, el coche esta a mi nombre, yo también tengo deudas y no tenemos para pagar esa cantidad, ella ha llamado al procurador para ver como podemos hacer pero no contesta, ya se ha cumplido el plazo. Mi pregunta es: ¿Qué pasa ahora?, ¿Nos embargan el piso?, ¿Pueden embargarme la nómina o el coche que está a mi nombre? ¿Cuál es mi situación en este caso y como me puede afectar?...

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Lo que empieza es la fase ejecutiva y sí pueden embargarse bienes personales. Si la vivienda está al 50% a nombre de cada uno de ustedes, le trabarán embargo sobre el 50% de la vivienda. Si usted no firmó la tarjeta y no es codeudor, no le embaragrán nóminas a usted. Sí es posible que embarguen saldos en cuenta corriente si es una cuenta indistinta y compartida por dos titulares, aunque podría oponerse al embargo si los ingresos son de usted y no de su esposa.
Gracias... entonces entiendo que el coche que está a mi nombre no me pueden embargar.
Si solo es de usted y la deuda solo de su esposa, no deberían embargarselo.

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