Letra de cambio con condición resolutoria
Tengo una letra de cambio con condición resolutoria pactada con la promotora que me vendió el piso, esta letra esta domicialiada con una fecha de vencimiento, llegado ese día, no me han pasado la letra y sé que la promotra esta en suspensión de pagos desde hace meses, y la empresa la lleva unos administrador concursales...
La letra de cambio la debería de cobrar la empresa que no existe(ya que esta a su nombre) pero al no existir..¿los administradores concursales la pueden cobrar aunque no aparezca su nombre en la letra de cambio? Porque yo tengo que pagarle la letra a una empresa, pero esa empresa no existe.
En el caso que la pague a los administradores concursales, entiendo que tengo que esperar a que se dirijan a mi, ellos deberían tener todo eso controlado, pero no han dado señales ¿tengo qué esperar a que se dirigan a mi los administradores concursales? ¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que la letra no puedan cobrarla? La letra vencía en una fecha en concreto y ya ha pasado un mes... Creo que son 3 años.
No se si es mejor "callarme" y no decir nada, o ir de cara a "pagarles". Aunque pensándolo bien no es problema mio el que no me la cobren, es responsabilidad de ellos, el único temor es que me cobren algún gasto, pero no tendría lógica, es culpa de ellos, yo no la he devuelto ni nada.
Otra duda,¿cabria la posibilidad que la empresa diese ese dinero en "perdidas"? Hay casos que muchas promotoras cierran y se quedan el dinero de los clientes sin entregar sus pisos, este caso seria al revés... ¿podría ocurrir? Seria como si me tocara la lotería, pero por pensar posibilidades...
La letra de cambio la debería de cobrar la empresa que no existe(ya que esta a su nombre) pero al no existir..¿los administradores concursales la pueden cobrar aunque no aparezca su nombre en la letra de cambio? Porque yo tengo que pagarle la letra a una empresa, pero esa empresa no existe.
En el caso que la pague a los administradores concursales, entiendo que tengo que esperar a que se dirijan a mi, ellos deberían tener todo eso controlado, pero no han dado señales ¿tengo qué esperar a que se dirigan a mi los administradores concursales? ¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que la letra no puedan cobrarla? La letra vencía en una fecha en concreto y ya ha pasado un mes... Creo que son 3 años.
No se si es mejor "callarme" y no decir nada, o ir de cara a "pagarles". Aunque pensándolo bien no es problema mio el que no me la cobren, es responsabilidad de ellos, el único temor es que me cobren algún gasto, pero no tendría lógica, es culpa de ellos, yo no la he devuelto ni nada.
Otra duda,¿cabria la posibilidad que la empresa diese ese dinero en "perdidas"? Hay casos que muchas promotoras cierran y se quedan el dinero de los clientes sin entregar sus pisos, este caso seria al revés... ¿podría ocurrir? Seria como si me tocara la lotería, pero por pensar posibilidades...
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Respuesta de Luis Ramon Diaz chiron suarez
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