El empresario ha tratado de poner una "barrera" sobre su patrimonio donando sus 5 viviendas a sus hijos. Sin embargo, si el juez calificase el concurso como culpable se podrían anular todos los movimientos patrimoniales en los que hubiese incurrido el Administrador en los dos años anteriores al conocimiento de la insolvencia. Ojo con este dato ya que la fecha desde que hay que contar dos años atrás es la fecha de la presentación del PRECONCURSO, por lo tanto, en caso de una calificación CULPABLE del concurso cabría solicitar la anulación de las donaciones y considerarse alzamiento de bienes.
Lo importante y difícil en este caso es que el juez califique el concurso como culpable. Evidentemente habría que analizar la situación, presentarle pruebas que demuestren un dolo o culpa en el que haya incurrido el administrador y que haya agravado la situación de insolvencia de la empresa. No suele ser tarea fácil. Si no se califica el concurso culpable, el patrimonio del administrador no podrá ser intervenido ni embargado.
Destaca mucho que la empresa deba 15 nóminas. Es una barbaridad, ya que cualquier empresario incurre en responsabilidad cuando debe más de 2 nóminas a sus trabajadores, y tiene obligación legal de notificar preconcurso o presentar concurso de acreedores.
También me sorprende que el empresario haya presentado hace año y medio el PRECONCURSO y ahora el CONCURSO, ya que la situación preconcursal no se puede dilatar más de 3 meses y tras este periodo o se sale de la situación de insolvencia o por obligatoriedad se presenta el concurso de acreedores. Esta claro que la situación de insolvencia se ha mantenido durante este año y medio puesto que no ha podido pagar ni las nóminas.
Todos estos detalles que le comento deben ser analizados por un abogado laboral y/o mercantil que le ayude a diseñar una estrategia clara que le permita reclamar eficientemente las 15 nóminas que le deben a su marido y la posible indemnización que le corresponda. Como ayuda y orientación le diré que ante la amenaza de solicitar a un juez la calificación de culpabilidad en un concurso suele valer para obtener una posición de fuerza en la negociación con el administrador para que le pague la totalidad o parte de las cantidades adeudas.
Espero haberle podido servir de ayuda orientativa. Es complicado darle un asesoramiento específico y adecuado en este tipo de asuntos si no se dispone del 100% de la información. Si requiere de una explicación más amplia o de un asesoramiento especializado y concreto, no dude en contactar con nosotros directamente.
Un saludo,
Igor Ochoa
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