¿Subrogar hipotecas?

Hola, hola:
Hemos comprado un piso nuevo y vamos a pasgar la entrada. Cuando nos den las llaves (dentro de unos meses) tendremos que empezar a pagar una hipoteca que lleva asociada al banco de la promotora (de EURIBOR + 0.75). Nuestro banco habitual nos ofrece mejores condiciones (EURIBOR+0.50) y nos gustaría saber los pasos a seguir para cambiar dicha hipoteca a nuestro banco. ¿A esa operación también se le llama "subrogación"?. ¿Es necesario que nuestro banco haga una nueva tasación?. Ya nos dirás, los pasos a seguir. Gracias
Nuestro banco nos dice que para hacerse cargo de la hipoteca nos aseguremos que en el contrato de compra-venta ponga "vivienda libre de cargas". ¿Es posible hacer eso? ¿Podríamos obligra a la promotora a que pusiera eso de "libre de cargas" en el contrato? Muchas gracias

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Debes mirar en el contrato privado que vas a firmar con la promotora.
En él figura quién debe pagar los gastos de cancelación de la hipoteca que el promotor tiene concertada con su banco.
Es norma habitual que quiera que los gastos los pagues tú, aunque existe sentencias por las que el juez imputa los gastos de cancelación de la hipoteca del promotor a él que es el titular.
Si el promotor los asume, a ti no te costará nada.
Cuando realicéis la escritura de compraventa ante el notario, entonces es cuando debe personarse tu banco y aunque en la nota simple de la vivienda no figure "libre de cargas", el banco del promotor puede asistir en ese mismo momento a coger su dinero del capital pendiente y otorgar "carta de pago" del préstamo con lo que tu banco puede perfectamente otorgar (concederte) la escritura de hipoteca. Otra cuestión es que le retenga al promotor una pequeña cantidad con los gastos de cancelación en el registro de la propiedad de la hipoteca previa que tenía.
Espero haberte aclarado algo, aunque es tu banco el que tiene que dar todos los pasos e ir indicándote los procedimientos a seguir.
Recibe un cordial saludo,
acantoi.
Muchas gracias por la rapidez. Lo hablaré con el banco como propones y habrá que ver qué términos ponen en el contrato de c/v. Muy agradecido.

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