¿Consulta de embargo de nomina también tiene que ser de la cuenta corriente? Tengo miedo

Tengo varias tarjetas de crédito que debo, y no las puedo ya pagar, están domiciliadas en otro banco distinto a donde cobro la nomina. He consultado con un gestor y me ha dicho que deje de pagar porque no puedo mas y entonces se embargaría la nomina, no quiero pedir ya mas prestamos porque me queda solo 1 año y medio para terminar de pagarlo en el banco popular, mi pregunta es, si dejo de pagar las tarjetas me acosaran durante 90 días he leído y ya proceden al embargo, tengo un piso de protección oficial y con hipoteca claro y he leído que primero van a por la nomina que es segura, la deuda con los intereses que he calculado seria de 27000 euros y en la tabla de hacienda por lo que cobro me descontarían unos 190 euros, lo que tengo miedo que también toquen la cuenta corriente, ¿en qué casos se da el caso? ¿Si yo pagare mi deuda con mi nomina religiosamente? ¿Y siempre hay juicios en estos casos?

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Cuando consecuencia de una demanda judicial le embargan sueldos y salarios, con anterioridad se embargan, si hay, saldos en cuanta corriente. De modo que ese es el primer embargo que se va a encontrar. En caso de no cubrirse la deuda con el embargo de cuenta, se procede al embargo de la nómina

muchas gracias en la cuenta no tengo dinero voy muy justa, pero yo pensaba que había unos porcentajes o tablas para la nomina que no sera entera, ademas tengo una hija eso lo miran no?? muchas gracias

Claro, en principio se embarga la el 30% de la cantidad resultante de restar su nómina neta al salario mínimo interprofesional, 644 €.

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