Viviendas de protección oficial
Buenas tardes:
Mi novia y yo disponemos, cada uno, de una vivienda de protección oficial a cada uno de nuestros nombres con la consiguiente subvención oficial por primera vivienda. Bien, ahora vamos a casarnos y, según he leído, la ley dice: "la unidad familiar, no podrá disponer de más de una VPO".
Mi pregunta, por tanto, es la siguiente: Dada dicha ley, ¿perderíamos una de las dos subvenciones al consumar el matrimonio legalmente, aún cuando las viviendas han sido adquiridas sin tener relación alguna?
Mi novia y yo disponemos, cada uno, de una vivienda de protección oficial a cada uno de nuestros nombres con la consiguiente subvención oficial por primera vivienda. Bien, ahora vamos a casarnos y, según he leído, la ley dice: "la unidad familiar, no podrá disponer de más de una VPO".
Mi pregunta, por tanto, es la siguiente: Dada dicha ley, ¿perderíamos una de las dos subvenciones al consumar el matrimonio legalmente, aún cuando las viviendas han sido adquiridas sin tener relación alguna?
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