Adquisición vivienda nueva

Voy a a comprar una vivienda nueva al promotor, sobre la que recae una hipoteca y en la que no estoy interesada en subrogarme, puesto que la voy a formalizar con otra entidad bancaria, ¿estoy obligada a hacer frente a los gastos de cancelación registral?
Respuesta
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En principio, si tú no quieres la hipoteca del promotor, debería ser él el que pagase los gastos de cancelación registral, ya que está obligado si tú se lo haces saber con tiempo a entregarte el inmueble libre de cargas. Otra cosa, es que los promotores se aprovechen de la presión que pueden hacer para intentar repercutirte todos los gastos. Negocia con ellos el tema, diles que no estás obligada, y si aún así insistiesen pídeles que la gestoría lo facture a tu nombre para que puedas deducírtelo en el IRPF. Pero siempre entendiendo que son ellos los que tienen la obligación de venderte libre de cargas, por lo cual ellos deben correr con los gastos de cancelación
El problema está en que las entregas de las viviendas las harán el mes que viene.yo no le avisé con tiempo suficiente de que su hipoteca no me interesa ya que fue esta misma semana cuando decidí hacerlo con otra, me reitero en la pregunta ¿debo asumir gastos de cancelación contable y registral, sin haberle "avisado con tiempo?.muchas gracias
Depende de lo que hubieses firmado en el contrato privado de compraventa. El tema está en que ellos pueden alegar que te comprometiste a subrogarte en su hipoteca por lo cual te presionarán para que te hagas cargo de los gastos de cancelación´. En el contrato privado tiene que existir una clausula que diga quien se hace cargo de los gastos.

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