¿Me quedo sin el 100 % de la nomina por embargo?

He tenido problemas de pago de prestamos y, como es lógico me ha llegado la ejecución. En dicha ejecución me pone que se me embargaran todos las devoluciones de hacienda, los saldos positivos de las cuentas, y el sueldo que percibo del ministerio de defensa. Mi duda es, cuando tenga saldo positivo en la cuenta por que me han ingresado la nomina me lo pueden quitar por completo de la cuenta, ¿me lo quitaran por completo antes de ingresármelo o solo me quitaran parte? Por que si me van a quitar parte del sueldo por un lado y luego, por tener saldo positivo también me lo van a quitar me quedo sin el 100 % de mi sueldo. Básicamente no cobraría los 1000 €. Espero que alguien me pueda ayudar por que hasta que no sepa como va todo esto me veo con 0 € de nomina y por desgracia no tendría ni para el alquiler pues mi pareja esta en paro y es el único ingreso.

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La nómina no le embargarán el 100 %, el embargo se realizará según los tramos fijados entre el Salario Mínimo Interprofesional y el total de su nómina. Ello será en origen, es decir, dicho importe se detallará en la nómina y Ud. pasará a ingresar en su cuenta el importe de la misma menos el importe destinado al embargo. De ahora... hasta que se liquide el importe total de la deuda.

En cuanto al saldo de los Bancos es diferente. Llegará una orden judicial y se procederá a retener el 100% del saldo disponible en el cuenta (no está sujeto a mínimos ni máximos). Si en dicha fecha está disponible el ingreso en nómina, también se procederá al embargo, por lo que debería cambiar la domiciliación bancaria.

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