Devolución de ayudas por compra de segunda vivienda
Hace unas semanas formulé una pregunta sobre comprarme un piso teniendo ya una vivienda con ayudas y pedir un préstamo de doble garantía, recibí tu respuesta en la cual me expresabas que no debía devolver las ayudas pero que preguntara al órgano correspondiente.
En primer lugar muchas gracias por atenderme, soy de valencia y he estado hablando con el PROP, allí no solo no me han dado una respuesta clara sino que además me han creado muchas más dudas.
Voy a exponerte, pese a ser repetitivo toda la información de mi caso y las dudas que me han planteado los diversos organismos con los que he hablado:
Me compré una vivienda de segunda mano el año 2004 bajo el Plan de vivienda 2002-2005, solicité y posteriormente percibí las ayudas correspondientes del estado, dinero y descuento de la letra durante 10 años.
Actualmente estoy interesado en comprarme una segunda vivienda manteniendo también la primera, me han planteado una opción hipotecaria llamada Doble garantía, la cual implicaría cancelar mi actual hipoteca con la correspondiente entidad bancaria y unirla en otra entidad a la hipoteca de la segunda vivienda, mi pregunta es, pese a no vender mi primera vivienda ¿tendría qué devolver las ayudas por cancelar el primer préstamo y unificar ambas hipotecas en otra entidad?
He realizado múltiples llamadas a diversos organismos (PROP, ministerio de fomento, de vivienda... ) y en cada uno me han dado una respuesta diferente, pero en ninguno me han podido aportar alguna referencia a documentos oficiales donde se expliquen las condiciones que me plantean.
La otra opción que me ofrecen los servicios financieros para comprar la segunda vivienda es simplemente tener una segunda hipoteca independiente de la primera, pero en la generalitat valenciana me han comentado que si la segunda vivienda está en el mismo municipio que la primera también estaría obligado a devolver las ayudas, ¿esta información es así?, siempre habíamos entendido que las ayudas se devolvían si vendíamos el piso antes de los 10 primeros años y aunque ninguna de las opciones que planteamos para comprarnos la segunda vivienda implica vender la primera parece que de todos modos debemos devolver las ayudas,¿esta información es correcta? si es así,¿En qué documentos oficiales se basa? ¿Dónde podemos encontrarlos? ¿Quién nos los puede facilitar?
Como ves estoy hecho un lio ya he señalizado el piso pero no puedo avanzar en la compra hasta que no me asegure de no tener que devolver ayudas, en fin, muchas gracias de antemano, disculpa si no me explicado todo lo bien que me hubiera gustado.
En primer lugar muchas gracias por atenderme, soy de valencia y he estado hablando con el PROP, allí no solo no me han dado una respuesta clara sino que además me han creado muchas más dudas.
Voy a exponerte, pese a ser repetitivo toda la información de mi caso y las dudas que me han planteado los diversos organismos con los que he hablado:
Me compré una vivienda de segunda mano el año 2004 bajo el Plan de vivienda 2002-2005, solicité y posteriormente percibí las ayudas correspondientes del estado, dinero y descuento de la letra durante 10 años.
Actualmente estoy interesado en comprarme una segunda vivienda manteniendo también la primera, me han planteado una opción hipotecaria llamada Doble garantía, la cual implicaría cancelar mi actual hipoteca con la correspondiente entidad bancaria y unirla en otra entidad a la hipoteca de la segunda vivienda, mi pregunta es, pese a no vender mi primera vivienda ¿tendría qué devolver las ayudas por cancelar el primer préstamo y unificar ambas hipotecas en otra entidad?
He realizado múltiples llamadas a diversos organismos (PROP, ministerio de fomento, de vivienda... ) y en cada uno me han dado una respuesta diferente, pero en ninguno me han podido aportar alguna referencia a documentos oficiales donde se expliquen las condiciones que me plantean.
La otra opción que me ofrecen los servicios financieros para comprar la segunda vivienda es simplemente tener una segunda hipoteca independiente de la primera, pero en la generalitat valenciana me han comentado que si la segunda vivienda está en el mismo municipio que la primera también estaría obligado a devolver las ayudas, ¿esta información es así?, siempre habíamos entendido que las ayudas se devolvían si vendíamos el piso antes de los 10 primeros años y aunque ninguna de las opciones que planteamos para comprarnos la segunda vivienda implica vender la primera parece que de todos modos debemos devolver las ayudas,¿esta información es correcta? si es así,¿En qué documentos oficiales se basa? ¿Dónde podemos encontrarlos? ¿Quién nos los puede facilitar?
Como ves estoy hecho un lio ya he señalizado el piso pero no puedo avanzar en la compra hasta que no me asegure de no tener que devolver ayudas, en fin, muchas gracias de antemano, disculpa si no me explicado todo lo bien que me hubiera gustado.
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Respuesta de aurora123
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