Cancelación registral hipoteca
Al adquirir una vivienda quedó constancia en la escritura que los costes de cancelación registral de hipoteca serían por cuenta del vendedor. Éste canceló la hipoteca con su banco pero no registralmente.
Después de 4 años dando largas y ante la posibilidad de vender nosotros la vivienda, decidimos hacer la cancelación en el registro, soportando con ello los gastos que conlleva.
¿Puedo reclamar los costes de dicha operación? En caso afirmativo, ¿a quién debo o puedo hacer responsable? Al anterior propietario por no cumplir con una obligación interpuesta ante notario (puede ser difícil puesto que ha demostrado que no paga lo que le corresponde e incluso también fue demandado por la agencia inmobiliaria por no pagarle su comisión) o al banco que nos concedió la hipoteca por no hacer retener una provisión de fondos el día que se realizó la compraventa (retener al vendedor una cantidad para que nuestro banco se hubiera encargado de cancelar registralmente).
Después de 4 años dando largas y ante la posibilidad de vender nosotros la vivienda, decidimos hacer la cancelación en el registro, soportando con ello los gastos que conlleva.
¿Puedo reclamar los costes de dicha operación? En caso afirmativo, ¿a quién debo o puedo hacer responsable? Al anterior propietario por no cumplir con una obligación interpuesta ante notario (puede ser difícil puesto que ha demostrado que no paga lo que le corresponde e incluso también fue demandado por la agencia inmobiliaria por no pagarle su comisión) o al banco que nos concedió la hipoteca por no hacer retener una provisión de fondos el día que se realizó la compraventa (retener al vendedor una cantidad para que nuestro banco se hubiera encargado de cancelar registralmente).
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Respuesta de Luis Ramon Diaz chiron suarez
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Respuesta de aurora123
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