Cancelación hipoteca por parte de constructor
Firmé una hipoteca hará cosa de dos meses y medio. No me subrogué a la hipoteca del constructor, por lo que hubo una cancelación de hipoteca, la cual quiso asumir el constructor. Ante esta situación, el banco me dijo que me retenía el valor (previsto) de esa cancelación (unos 1500), hasta que el constructor cancelara su hipoteca.
Ahora viene el lío. El banco no me lo retuvo, me lo cobró. Y ahora me encuentro con que el constructor ha cancelado la hipoteca (pagándola) pero no la ha inscrito en el registro.
No es excusa, pero esta ha sido mi primera hipoteca y en los temas de cancelación estaba MUY pez. No se si en la escritura aparece expresamente que el constructor se haría cargo de todos los gastos de la cancelación. Lo único que me aparece en la copia que me dieron en la notaría es que está cancelada y que "los presentes" (no sería yo, supongo que se refiere al constructor y el banco anterior) dispensan al notario "tanto de presentar copia autorizada electrónica por vía telemática al registro correspondiente, como de su presentación por fax".
Y así estoy yo. ¿Sin mis 1500?. La pregunta es, ¿un constructor tiene obligación, al cancelar una hipoteca, de registrarlo? En caso contrario, y si tanto el constructor, como el banco y la notaría me dieran la espalda, ¿qué debería hacer?
Ahora viene el lío. El banco no me lo retuvo, me lo cobró. Y ahora me encuentro con que el constructor ha cancelado la hipoteca (pagándola) pero no la ha inscrito en el registro.
No es excusa, pero esta ha sido mi primera hipoteca y en los temas de cancelación estaba MUY pez. No se si en la escritura aparece expresamente que el constructor se haría cargo de todos los gastos de la cancelación. Lo único que me aparece en la copia que me dieron en la notaría es que está cancelada y que "los presentes" (no sería yo, supongo que se refiere al constructor y el banco anterior) dispensan al notario "tanto de presentar copia autorizada electrónica por vía telemática al registro correspondiente, como de su presentación por fax".
Y así estoy yo. ¿Sin mis 1500?. La pregunta es, ¿un constructor tiene obligación, al cancelar una hipoteca, de registrarlo? En caso contrario, y si tanto el constructor, como el banco y la notaría me dieran la espalda, ¿qué debería hacer?
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Respuesta de Dominus abogados
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