Hipotecaria avala otro hipoteca

Buneas tardes,
Se trata de un caso de hipoteca.
En el contrato de hipoteca de un proyecto de un edificio de 5 viviendas, como la parte hipotearia, se ponen los nombres de hipotecaria y su esposa en y el nombre de marido como representante de una empresa (empresa con un único director). El pago de hipoteca de este hipoteca ha sido difícil por eso se firmo un contrato de carencia.
La esposa tiene a su nombre una casa con hipotecada por la misma entidad financiera. Se paga la hipoteca de esta casa. Ella además de parte de hipoteca de este proyecto es avalista, jinto a esposo, de la hipoteca del proyecto.
El pago de la hipoteca de marzo pasado ha sido imposible.
La entidad hipotecaria ha determinado un plazo de tiempo para realizar este pago y en una carta ha informado que se tiene dos opciones: 1. Pagar la hipoteca de marzo hasta este plazo o 2. La entidad se queda con la casa, ya que la esposa es una parte de contrato de hipoteca de contrato y avalista de aquello.
Mis preguntas son las siguientes:
La entidad bancaria, en el caso de impago, ¿está permitido de quedar con el proyecto o, tal como ha escrito en su carta, puede quedar con la casa? O ¿Puede recuperar su dinero solamente y antes que nada a través de quedarse con el proyecto?
Si el matrimonio vende la casa y paga la hipoteca de la casa a la entidad financiera antes de que ésta empiece el proceso de impago, ¿todo el precio de la casa se va a liquidar ambas hipotecas? O ¿El matrimonio puede quedar con el resto de precio de la casa?
¿Cuál es su solución para este problema?
Atentivamente,
(xxxxxx)

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Respuesta
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No obstante, no me entero del asunto. Me habla usted de un proyecto de cinco viviendas. ¿Lo promueve un particular o una sociedad?
De las cinco viviendas, ¿cuántas están a nombre de la sociedad de gananciales, es decir, del matrimonio?
¿Hay segregación y división horizontal inscrita? ¿La hipoteca está distribuida entre las cinco viviendas? ¿Qué entidad financiera está financiando el proyecto?
Si le parece trataremos de dar solución al problema cuando lo comprendamos mejor.
Agradezco su respuesta.
Las viviendas son de un proyecto de una empresa promotor que es una sociedad limitada. El esposo es su único director. Ninguna de las viviendas de proyecto está en nombre de ellos.
Aún no tiene división horizontal. Parece que la hipoteca está distribuida entre las cinco viviendas. UNICAJA financia el proyecto.
La casa de esposa también tiene hipoteca de UNICAJA.
Lo que pasa es que en el contrato se pone los siguientes tres partes para el contrato:
1. Los representantes de UNICAJA.                                                                                     2. El matrimonio en su propio nombre y derecho. 3. El esposo además de por sí, en nombre y representación de la entidad mercantil.
Otro tema es que el esposo es avalista de la hipoteca de la casa que está en nombre de esposa.
Gracias y saludos
Si la hipoteca está dividida en las viviendas, significa que hay segregación y división horizontal.
Entonces, ¿en qué fase esta el proyecto? ¿Las viviendas están terminadas? ¿Tienen cedula de habitabilidad y certificado de primera ocupación?
Perdone, he entendido mal. La respuesta es que la hipoteca es para el proyecto entero. O sea, que no está distribuido entre (una por una) las viviendas.
De hecho, el proyecto está medio construido. Tiene paredes pero sin aplicar el yeso..., tampoco tiene puertas, ventanas... Así que aún no tiene la cedula de habilibilidad y de primera ocupación.
Lo siento si mis explicaciones no son completas, pero es que el proyecto y la empresa son de mis parientes mío.
Gracias,
Entonces la casa donde reside es la vivienda habitual y está en lugar distinto al edificio. ¿Es así?
Por lo que deduzco es que hay una promoción, una vivienda distinta con hipoteca en la misma Entidad Financiera, pero con importes independientes..., ¿es así?
Si es esto así, ¿qué es lo que quieren hacer ustedes?
La casa está en un lugar distinto. Es un chalet donde residía la familia de matrimonio. Ahora ellos viven en extranjero y la casa tiene inquilinos, dentro de un mes los inquilinos dejan la casa.
La casa, chalet, es distinto de edificio de promoción de la empresa. Aunque tanto la casa como el edificio de la promoción usan de hipoteca de la misma entidad financiera.
El chalet tiene la hipoteca desde 2005 y la fecha del contrato de hipoteca de proyecto es de 2007.
Por un impago de hipoteca de proyecto la entidad financiera ha enviado una carta de últimatum. Propuso dos opciones: pagar la hipoteca o UNICAJA va a quedarse con el chalet, como la garantía de la hipoteca del proyecto.
Mis preguntas son las siguientes:
1. ¿Es posible que UNICAJA quede con la casa como la garantía del proyecto o no? Pues, la verdad es que a mí me parece lógico que quede con el proyecto que es el objeto de la hipoteca y no con la casa que es la garantía. O sea, cuando se puede recompensar con el mismo objeto del contrato ¿por qué recuperarlo por chalet que es la garantía de contrato?
2. Si la Caja puede quedar con el chalet en cambio de edificio de contrato, y el precio de chalet es superior a la hipoteca del proyecto ¿la Caja se queda con todo el dinero de venta de chalet? O ¿Devuelve el resto a matrimoion junto a proyecto? O ¿Va a quedar con los dos?
3. ¿Cuál sería la actuación de la Caja?
Espero que las informaciones sean claras. Gracias por su atención.
La cuestión esencial es el contrato de préstamo. Saber que se hipotecao y en pago de que.
Lo demás es especular. Ya me hago cargo de que es un inmueble distinto que hay dos cosas en riesgo, una un proyecto y la otra el chalet.
Yo no puedo pronunciarme al respecto sin leer la escritura de préstamo y mucho menos decirle cómo actuar. Obviamente por lo que veo le van a quitar todo si no toman la iniciativa. Por eso le estaba preguntando, ¿qué van a hacer ustedes? ¿Continuarán con el proyecto? ¿Terminarán la obra? ¿Buscan quién lo compre y le quite el problema?
Por supuesto, la intención es seguir con el proyecto, por eso se firmó el contrato de la carencia. Y claro, se va a pagar la hipoteca.
Pero, dado que la Caja ha enviado esta carta nos hizo pensar en qué pasaría si no fuera posible pagar la hipoteca.
Al final, su explicación me produjo una pregunta y para asegurarme, me gustaría preguntarle la siguiente:                                                                                                       ¿La Caja va a acutar exactamente tal y como se estipula en el contrato o a parte de contrato hay la posibilidad de actuar según otras regulas y normas que no vienen en el contrato?
Gracias, por atenderme y sus aydas
Hay que apegarse al contrato. Si intenta salirse del guion se podrá acudir a la jurisdicción ordinaria. No obstante y dado que hay mucho en juego, les recomiendo que se pongan en manos de un profesional en derecho hipotecario y buen negociador.
Sí, estoy totalmente de acuerdo con usted: hay que fijarse en lo que se pone en el contrato.
De "la posibilidad de actuar según otras reglas y normas" me refiero a que si la Caja ¿tiene la posibilidad de actuar de maneras no previstas en el contrato, pero recurriéndose a las normas y reglas recientes?
He trabajado unos años en el departamento de contratos financieros de un banco, hoy he ojerado algunas clausulas de contrato, a mi también me pareció que el matrimonio, que son mis parientes, necesitan consultar con un profesional con características que ha escrito usted.
Si algún compañero suyo o usted mismo es un profesional que trabaja en este campo ¿me puede, por favor, dar un número de contacto?
Agradezco toda su atención
Los contratos hay que interpretarlos en orden al ámbito de aplicación. Primero, hay que atenerse a las cláusulas del contrato. Si hay conflictos hay que atenerse a la legislación general que aplica, Código civil, Ley Hipotecaria, Reglamento Hipotecario y Ley de enjuiciamiento civil. En caso de conflicto, sigue habiendo leyes genrales de superior rango.
Lo que pregunta, aunque entiendo su propósito, es un ejercicio de adivinación, porque me pregunta, sobre algo que no he leído. No se como tienen redactada la hipoteca y por tanto lo que le diga no tiene valor alguno.
Nuestra empresa tiene como especialidad las reclamaciones dinerarias, incidencias de pago y estamos acostumbrados a negociar con Entidades de Crédito. Nosotros sabemos que aunque a veces les hablen con dureza, el banco no tiene interés en quedarse con sus bienes. En nuestra web, encontrará formas de contacto.
Le agradezco por atenderme y ayudarme con tanta paciencia y constancia en dejarme tratar el caso con más aclaraciones, a pesar de que a veces no estaban tan claras.
Saludos cordiales

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