Costes levantar hipoteca

En este foro he visto que existe un procedimiento para levantar la hipoteca tu mismo ahorrando costes.
Si no me equivoco los pasos serían.
1.- Pedir al banco escritura de cancelación de hipoteca ( ¿te suelen dar esto sin problemas? )
2.- Ir a Hacienda ( me gustaría saber a que departamento dentro de hacienda) para pagar el impuesto de actos jurídicos documentados.
3.- Ir al registro de la propiedad con el sello de hacienda para cancelarlo
No me cuadra porque en otros foros indica que hay que pasar por el notario., Pero no se en que parte de este proceso se tiene que hacer.
¿Es recomendable levantar la hipoteca? ¿En caso de venta de hipoteca quien paga el levnatamiento yo o el comprador?
Respuesta
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Bien, el levantamiento de hipoteca (quitar del registro de propiedad la anotación de que el piso tuvo una hipoteca) corresponde siempre al titular de la hipoteca y no es obligatorio levantarlo si no vas a vender el piso, ya que el que lo compre, como es normal, lo quiere "limpio" sin ninguna anotación.
Bien, el llevarlo tú mismo te puedes ahorrar entre 200-¿300? Como máximo (es la gestión de la gestoría) el resto es igual.
El procedimiento sería:
- Ir al registro de la propiedad y pedir una verificación de fina (¿unos 10?)
- Con esa verificación de finca te vas a tu entidad solicitas un "ceritifciado de saldo 0?" conforme ya has pagado la hipoteca.
- En la entidad con tu verificación de finca y ese certificado de saldo 0 solicitas la cancelación registral, indicando que tú quieres llevar la gestión.
- Las entidades tienen un día de firma, normalmente, para firmarlas todas las que tienen, normalmente un día a la semana. Te darán una copia simple de lo que ha firmado el notario juntamente con la factura del notario. Con esa copia simple te presentas otra vez en el registro de la propiedad indicando que quieres inscribirla, allí te darán toda la documentación para pagar impuestos y todo.
Si la hipoteca tiene más de 20 años, se puede cancelar registralmente "por instancia" costándote menos de la mitad de precio. Te darán toda la información en el Registro de la Propiedad.
Cualquier otra duda estoy a tu disposición.

1 respuesta más de otro experto

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1.- Usted va a pedir al Banco la carta de pago, a de provisionar la cancelación a la Notaría y los apoderados del banco firmarán la cancelación.
2.- Con escritura en mano ha de ir a la oficina liquidadora de su localidad. Paga el impuesto correspondiente.
3.- Acercarse al Registro de la Propiedad e inscribir la escritura de Cancelación.
Es recomendable cancelarla, claro que si, especialmente si va a vender en el futuro.
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Perdona que vuelva a preguntarte
Lo entiendo todo menos el punto 1 ya que si voy al banco a pedir la carta de pago luego me toca a mi ir a la notaría o el propio banco ya me tramita la cancelación en la notaria. En ese caso a quien le toca pagar esos gastos a mi o al banco.
El propio banco con sus apoderados gestionan todo con la notaría o me toca ir a mi
Por favor intenta aclararme esta primera parte
Gracias
Yo creo que está muy claro. Habla de cancelar por si mismo y esos son los pasos. La carta de pago se la ha de preparar el banco y le cobrará por ello. Hágase a la idea de que será así.
Mandarán laminuta de la cancelación a una Notaría donde habitualmente firmen los apoderados. De esta forma, cuando acuden a firmar un préstamo hipotecario, podrán cancelar la suya. ¿Quién paga esa escritura? Usted.
Usted acude a la Notaría a pagar y recoger la escritura.

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