Quisiera vender mi piso porque no puedo pagar todos los gastos que tengo de hipoteca, prestamos, tarjetas, etc. Mi duda es que si yo todavía tengo hipoteca (¿125000? Aprox), ¿cómo se hace la operación con respecto al comprador?. Me explico: para que un banco le de a el la hipoteca, tendrá que estar mi piso libre de cargas ¿no? ; Y como quito yo la hipoteca si lo tendría que hacer con el dinero que recibo de la compra. Por favor, también quisiera saber que me corresponde hacer a mi de papeleo a la hora de vender un piso y si debo de pagar algo en algún sitio ( ayuntamiento, registro,...). Espero impaciente vuestra ayuda. Lo necesito.
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Respuesta de rogeliomaria
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rogeliomaria, Jefe de Operaciones Internacional de un Banco de primerisima...
Vender un piso con hipoteca, es fácil, y una operación que es muy habitual. Son precisas tres fases ante notario, pero todas en un solo acto. Deben de comparecer: 1. El vendedor 2. El comprador 3. El banco hipotecante (el suyo) 4. El nuevo banco si es que el nuevo comprador lo precisa, pero en cualquier caso, en ese momento Vd. ya estaría fuera de las operaciones. Aunque se hace todo junto, existe un orden natural en la operación: a/ El banco suyo, levanta la hipoteca ante el notario. b/ Una vez liberada la hipoteca, Vd. ya puede vender el piso. Se hace la escritura de compraventa. c/ El comprador, de precisarlo, hace la correspondiente hipoteca con quien tenga como banco. (En este momento, Vd. ya no está en la sala, ya que con la operación citada en el punto 2. se acabó su necesidad. Anteriormente a todo esto, Vd. tiene que fijar el día, de acuerdo con el notario, el banco y el vendedor para hacerlo. Cuando sepa el día, se lo comunica al comprador, quien debe ordenar una transferencia OMF a través del Banco de España, a favor de su banco (también se puede admitir un cheque en el momento del notario, pero me gusta más la fórmula de la OMF BdE (Orden de Movimiento de Fondos a través de Banco de España), ya que en el concepto del pago debe de ponerse "cancelación hipoteca" y solo podrá ser aplicada a eso, y a ninguna cosa más. La cantidad a transferir tiene que figurar en un "certificado de saldo" que debe emitirle a Vd. su banco, en el que incluirá los intereses vencidos no pagados (por ejemplo, si Vd. paga las cuotas el día 30, y vende el 15, tendría que pagar 15 días de intereses) y en su caso, si las hay, las comisiones. Los gastos, salvo acuerdo en contrario, son siempre por cuenta del comprador, y Vd. solo tendrá que hacer frente posteriormnte a la operación de compraventa a liquidar los siguientes gastos: 1. Escritura de cancelación de hipoteca. Generalmente se le encarga al banco, su costo es de unos 600 euros más o menos, y ellos se encargarán de borrar la carga del registro. 2. Liquidación en su Ayuntamiento de las plusvalías del terreno. Es un tributo de menor importe y existe en casi todos los Ayuntamientos. El notario se lo dirá. Espero no haberme dejado nada atrás, aunque lo más fácil, es que Vd. comunique su intención o su acuerdo de venta, y ya ellos irían haciendo todo esto. Saludos y suerte.
Uf, muchísimas gracias porque me has resuelto todas mis dudas y lo veo más claro. Gracias por el interés y la rapidez en contestar. Mil gracias, gracias, gracias,...