Hipoteca y cuenta vivienda en renta 2010

Vamos a ver amigos, estoy hecho un lío. Tengo una cuenta vivienda con 30.000 euros ya deducidos en 4 años(me devolvieron unos 4300). La casa me vale 90.000, si buscara una hipoteca del 80% del valor de vivienda y le sumara esos 30.000 entonces no habría problemas. El problema es que he buscado una del 100% para contar con 30.000 para ir reformando poco a poco la casa el año que viene. Y quiero saber como justificar (papeles de reintegro o algo) a hacienda que los 30.000 de la cuenta vivienda los he utilizado en la comprade la vivienda (para que no me reclame lo que me han devuelto estos años unos 4300 euros) a los que le he sumado otros 60.000 euros, una parte de la hipoteca (la hipoteca son 90.000 euros), por lo que me sobran otros 30.000 de la hipoteca y que voy a utilizar el año que viene para la reforma.
Y a efectos de renta 2010 que me deduzco:
Precio vivienda(90.000)+gastos hipoteca y escrituras(unos 10.000)+cuotas(solo el mes de diciembre 355)=100.355 euros
A esto se le resta: Dinero de la cuenta vivienda(30.000) + dinero de hipoteca(AQUÍ QUE PONGO 60.000 0 90.000 es que como para la compra solo necesito 60.000, los otros 30.000 son para reforma del año que viene). El caso es que si pongo 60.000 me sale para deducir en renta 2010 (100.355-90.000=10.355) pero si pongo los 90.000(toda la hipoteca) qué deduciría (100.355-120.000= -19645 ¿Cómo?). En fin no se cómo va esto

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Esta es una pregunta de índole más fiscal que económica, por lo que no se si es el foro adecuado. A pesar de todo, como quiera que algo entiendo de fiscal, voy a tratar de contestarle.

La deducción por fiscal, es por vivienda, no por préstamo hipotecario, ya que este puede corresponde con el valor de la misma o no corresponderse.

A mi juicio, en su declaración de renta del año 2.011, correspondiente al ejercicio 2.010, tiene que partir de los siguientes parámetros:

1. Importe amortizado (suma de capital más intereses) del importe del préstamo realmente destinado a la compra (parte proporcional, es decir sobre los 2/6 esto es como si el préstamo fuera de 60.000. euros. Sobre los 30.000. ya dedujo, no puede duplicar
2. Gastos bancarios y notariales y registro.

De todo esto un máximo de 9.015,18 euros, (una sola vez en declaración conjunta y una vez por cada uno, en caso de declaración individual, siempre y cuando realmente llegue hasta ese importe lo pagado.

El problema se puede suscitar en el año 2.012, para la declaración del 2.011. Vd. dice que utilizará los fondos restantes (30.000) en reforma. Bien, en principio, parece que en ese caso podría deducir por el total del préstamo recibido, ya que al reformar (esto es nuevo en la Renta, hasta ahora las reformas no deducían), teóricamente Vd. aumenta el valor de la vivienda.

Tendrá que guardar las facturas de tal reforma, todas con IVA, ya que en otro caso, no le valdrían como justificación. Esta es una visión muy particular de su caso, ya que se dan innumerables circunstancias parecidas, pero no iguales en temas de Renta, y no todas tienen la misma solución.

Sea como sea, Vd. debe saber que la Agencia Tributaria tiene un teléfono a donde de forma absolutamente anónima, Vd. puede hacer cualquier tipo de consulta. También en las oficinas de la misma le informarían sin exigirle identificación, y en cualquier caso no se quedan con datos que Vd. no declare en su Renta.

A mi leal saber y entender.

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