Deuda tras embargo

Mi marido y yo no podemos hacer frente a la hipoteca del piso y estamos preparando los papeles para solicitar la dación en pago ya que tanto nosotros como mis suegros (avalistas) entramos dentro del código de buenas practicas. Pero bien esto no se las consecuencias que va a traer si el banco decide denegarnos la dación en pago, ya que llevamos dos meses sin pagar la cuota. ¿En el supuesto que finalmente ejecutarán mi vivienda y la de los avalistas se nos quedaría deuda? El valor de subasta entre las dos casas es de 254.000€ y la deuda a día de hoy es de unos 135.000€. El préstamo hipetacario es de 162.000€.

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En primer lugar comentarle que si el banco actúa de forma coherente, y por los datos que usted me da, creo que aceptará la dación en pago.

Si finalmente ejecutan las dos viviendas, y por la valoración de salida de las mismas en la subasta y la deuda pendiente que me da, es muy improbable que la deuda no quede cancelada, ya que esta representa el 53% de la valoración de salida de las viviendas.

Mi opinión es que la deuda quedará cancelada totalmente y que por tanto no les quedará deuda pendiente. Lo que sí me gustaría comentarle, teniendo en cuenta los datos que usted me expone en la pregunta, y desconociendo su situación económica y laboral actual, es que antes de proceder a la dación en pago o a la ejecución de los bienes intenten negociar con el banco un aplazamiento del pago de la deuda, ya que si solo llevan dos meses sin pagar y no se trata de algo que haya ocurrido reiteradamente, es muy posible que el banco acepte dicho aplazamiento en el pago, máxime teniendo en cuenta que la valoración de sus bienes es prácticamente el doble del valor de la deuda. Con este aplazamiento ustedes ganarían tiempo para poder recuperarse de la situación económica en la que se encuentren y poder evitar perder tanto su vivienda como la de los avalistas.

Espero haberle ayudado con mi respuesta. Igualmente le comento que en mi blog www.misfinanzasytudinero.com puede encontrar artículos de carácter fiscal y financiero que seguramente le pueden ser de ayuda en otras ocasiones.

Saludos,

Carlos Jiménez

Asesor fiscal, Gestor de patrimonios

También quería comentar si mis suegros (avalistas) cambiasen su casa de nombre por ejemplo a su hijo o a otro familiar, seria una opción para que esa casa quedase protegida para que el banco no pueda actuar contra ella

O no se podría dar esta opción ya que lacasa aunque se cambie de nombre seguiría hipotecada??? Gracias

En caso de vender la casa ésta seguiría hipotecada y el nuevo comprador debería saberlo a la hora de comprarla. Igualmente el hecho de cambiarla de nombre podría considerarse un delito de alzamiento de bienes.

Saludos,

Carlos Jiménez

Asesor fiscal, Gestor de Patrimonios

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Si le es de aplicación el código de buenas prácticas, ha de saber que éste contempla que el Banco, antes de hacer responsables a los avalistas, debe apurar el cobro de la deuda con el deudor principal.

Que el banco no aplique el código de buenas prácticas a veces pasa, pero puede usted solicitar sus beneficios en caso de demanda judicial, en el mismo juzgado que conoce la ejecución hipotecaria.

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