Deducción segunda vivienda

Hola,
Tanto mi mujer como yo tenemos una vivienda en ciudades distintas, antes del matrimonio en Bienes Gananciales, de las cuales aún seguimos teniendo hipoteca y ambos nos desgravábamos de la nuestra en la declaración de la Renta.
Así ha sido hasta que yo he empezado a vivir en su vivienda y he alquilado la mía el pasado mes de septiembre. Todo legal.
Mi pregunta es:
Ya que yo no podré desgravarme ahora de mi vivienda, y como ahora mi vivienda habitual es la de mi mujer, ¿podría hacer aportaciones para amortizar hasta los 9015 euros anuales de la hipoteca de mi mujer? De esta forma nos desgravaríamos cada uno hasta el límite de los 9015 euros en la declaración de la renta..
Un saludo y muchas gracias.

3 respuestas

Respuesta
1
Lamentablemente no, si no apareces en la hipoteca no podrías, es más, sería perjudicial para ti, ya que se podría considerar hasta una donación, y te harían pagar un impuesto addicional.
Por lo que, si vas pagando anticipadamente, que vaya todo a nombre de ella. Es una pena, pero vas a perder lo de tú casa, quiero decir, que no podrás declarar nada de nada por ella. A no ser que sigas empadronado en tú casa, y aunque esté alquilada, declares que vives ahí aún. Pero lo malo es que, te enviarían todos los papeles allí al piso, pero si tienes buena relación con los inquilinos, perfecto. Siempre puedes decir que alquilabas un % del piso y por eso tú aún vives ahí. Tal y como están las cosas hoy en día, duda que vaya un inspector a investigar. Pero debes estar empadronado antes del 1/11 ya que tarda bastante en actualizarse en el sistema de hacienda y luego figurarás en el domicilio de ella.
Respuesta
1
Si la vivienda la tenia tu mujer antes de casarse contigo no podrás deducirte nada. Si la vivienda y la hipoteca están a nombre de los dos sí que podrías, pero has de hacer una cambio de domicilio y vivienda habitual en hacienda para no tener problemas.
Respuesta
1
Lo que propones no es posible. Cuando se cambia de vivienda habitual sólo se puede empezar a desgravar por ella cuando lleves aportada a esta segunda vivienda una cantidad de dinero superior a la que ya desgravaste por tu primera vivienda habitual. Por ejemplo, si a lo largo de los años te has desgravado por tu vivienda anterior 30.000 euros, sólo podrás desgravarte por la de tu mujer tras la aportación de 30.000 euros a esta nueva vivienda. Después ya sí podrás desgravar por esta nueva casa siempre que quede claro que tú aportas el dinero para la mitad de los pagos (por ejemplo desde una cuenta sólo a tu nombre para no tener problemas con Hacienda)

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas