Anotación en el Registro

A ver si alguien me podría confirmar lo siguiente:
Tengo escrituras de un piso a mi nombre y registradas, donde figuraba una hipoteca con un Banco.
Se me envió ejecución hipotecaria puesta por el Banco a través del Juzgado.
He pagado todo lo que me pedía el Banco, incluidas intereses de demora, minuta de abogado etc.
El Juzgado ya le ha pagado al Banco el dinero que yo entregué, hace por lo menos 3 meses, en el mismo.
No podría, simplemente, hacer un oficio el Juez dirigido al Registro de la Propiedad para que, con una anotación del mismo, se hiciera desaparecer la hipoteca que figura en las escrituras.
Mi abogado me habla de pedir al Banco una certificación y luego hacer unas escrituras que posteriormente habría que llevar al Registro.
Gracias y un saludo.

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El proceso es el que le comenta su abogado: pedir un certificado al banco de saldo 0 (se ha cancelado la hipoteca), acudir al notario a firmar la cancelación de hipoteca, y una vez que las partes hayan firmado y que esté liquidada, acudir al Registro de la Propiedad para inscribirla.
Desconozco el procedimiento que comenta usted sobre que el Juez dicte un oficio, pero lo veo más complicado. Siempre es mejor que haga usted el papeleo para asegurarse de que se haga y bien. Si no dispone de tiempo o prefiere que se lo haga alguien, los bancos suelen ofrecer este servicio, aunque le cobrarán por este servicio.

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