Cambiar tasación en juicio hipotecario

Tengo una hipoteca de una casa al que le quedan por pagar unos 330.000€ de hipoteca, ya no puedo pagar la hipoteca por lo que el banco ira a juicio.

La casa se taso cuando me dieron la hipoteca en su día en 570.000€

Pero en la hipoteca pone: "La casa esta valorada en el duplo de la cantidad dada"Me dieron 452.000€.

Y en el registro pone "La casa esta valorada a efectos de subasta en 904.000€

No se por que motivo tanto en hipoteca como registro pone una cantidad mas alta, ¿pero eso es lo que pone y lo que vale no?

Pues ahora como el banco ya esta empezando a tramitar el expediente me han llamado y me han dicho que ellos están trabajando sobre la tasación que ellos tienen allí de la empresa que lo hizo en su día.

Tengo miedo que en el juicio presenten esa tasación y el juez la acepte, ¿pero en principio eso es inamovible no?

Ya que si no para que están los notarios y lo que el notario puso fue el duplo de 452.000 en la hipoteca y 904.000€ en el registro.

¿Eso no lo puede cambiar nadie no? ¿Cuándo salga a subasta no les quedara otra que adjudicársela por los 452.000€ que es lo que pone en el registro no?

Estaba tranquilo de ir a juicio sabiendo que esta escrito tanto en la hipoteca como en el registro 904.000€, pero me han llamado diciendo que ellos trabajan sobre la tasación de 570.000€ y me ha metido miedo.

Espero que esto sea una forma de meterme miedo pero que el fondo sepan que no les va a quedar otra que adjudicársela por la mitad de 904.000€

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Lo primero, recomendarle que lea nuestra Guía de Problemas Hipotecarios en http://www.abogadosedo.es/GuiasPracticas.html

Efectivamente lo que figura en la escritura, que ha de ser lo mismo que figura en el registro, sobre el valor a efectos de subasta, es lo que se tiene en cuenta para un procedimiento judicial de este tipo...

En cualquier caso, le recomendamos que se ponga en manos de un abogado, que le ayude a negociar con la entidad financiera. Si lo desea, puede encontrar informacion de nuestro despacho juridico en nuestra web.

Entonces por mucho que amenacen que ellos tienen la tasación real que se hizo en su día de tinsa,lo que vale es lo que pone en el registro y la escritura?Si pusieron una cantidad superior es su problema,no?

Y una ultima duda:

Ellos me han dicho que pueden tardar en tramitar el expediente para ir a juicio el tiempo que quieran,eso es verdad?Ya que a mi me afectaría mucho ya que si estos juicios suelen tardar 1 año,ya me comería 1 año de intereses,pero si ellos tardan en tramitarlo podrían pasar años para el juicio y a 20% anual de intereses que tengo en la escritura,me subiría una deuda inasumible después de que se queden la casa por el 50%.

O también lo dicen para meter miedo,y lo normal es que en cuanto haya los impagos pertinentes lo manden a juicio directamente.

Y ya por ultimo también me ha dicho una abogada que últimamente en estos juicios hay jueces que llegan a bajar los intereses,yo tengo un 20% anual en cuanto deje de pagar,puede ser que en el juicio el juez los baje?

Y si cuando se queden la casa me queda deuda pendiente,habría posibilidad de hacer quita con el banco no?Por ejemplo me quedan 60.000€,llegar a un acuerdo de que les doy 40.000€ de una vez y hacer una quita del 30% por ejemplo.

Gracias por la ayuda,y por la guía de practicas hipotecarias.

Saludos

Lo primero volver a recomendarle que se ponga en manos de un abogado, que le ayude con estas cuestiones... nuestras respuestas son orientativas y sin conocer en profundidad el asunto... Lo de la tasación, pueden intentar hacerlo valer y sera cuestión del juez el admitirlo como un error en la escritura... y esto puede suponerle incluso mas costas judiciales... Pero el precio de subasta esta fijado en la escritura del crédito.

En cuanto al inicio del procedimiento, las entidades financieras pueden iniciarlo cuando ellas consideren oportuno, pero lo normal es hacerlo con tres recibos vencidos... pero no hay obligación, ellas pueden instarlo en el momento lo consideren.

En cuanto a la dación y la quita, es una negociación de usted y su entidad financiera, ellos no están obligados a aceptar ninguna de estas cuestiones... pero puede negociar con ellos, ya que parece ser que las cuentas le saldrían bien... Tenga en cuenta, que para una dación, le exigirán una nueva tasación, que ademas tendrá que pagar usted y esta sera la valoración con la que trabajen en la negociación.

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