IRPF Autónomo
En Mayo de 2004 me di de alta como autónomo en el epígrafe 727. Para esta actividad estoy exento de IVA y De realizar pagos fraccionados, estando bajo la modalidad de régimen general-estimación directa simplificada.
A ver: ¿No tengo que pagar nada hasta que realize este año la declaración de IRPF?, ¿Hay algún límite de cantidad a partir del cual tenga que hacer ingresos a cuenta?
La verdad es que la actividad es accesoria y no facturo demasiado, pero me asalta esa duda, ¿pues si ahora le dedico más tiempo (y consecuentemente gano más dinero) me imagino que hacienda quera ir cobrando algo no?
A ver: ¿No tengo que pagar nada hasta que realize este año la declaración de IRPF?, ¿Hay algún límite de cantidad a partir del cual tenga que hacer ingresos a cuenta?
La verdad es que la actividad es accesoria y no facturo demasiado, pero me asalta esa duda, ¿pues si ahora le dedico más tiempo (y consecuentemente gano más dinero) me imagino que hacienda quera ir cobrando algo no?
Respuesta de queru
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