Doble hipoteca

Hola!. Ante todo muchas gracias por anticipado por la respuesta. Estoy haciendo la renta de mi hermano y resulta que en el año 2004 ha tenido 2 hipotecas (la 2ª la ha pedido para efectuar pagos a cuenta de una vivienda en construcción que será su vivienda habitual). Además con esta 2ª hipoteca canceló la deuda de la 1ª. Mis dudas son las siguientes:
1º) Qué datos debo reflejar en la declaración, la 2ª hipoteca, ¿la 1ª o las dos?.
2º) Se puede desgravar los gastos de cancelación de la anterior hipoteca (notario, registro, etc) y los de la apertura de la nueva (notario, registro, impuesto comunidad, IVA, etc).
Un saludo

1 Respuesta

Respuesta
1
Tiene que reflejar los datos de las dos hipotecas y los gastos de cancelación y apertura forman parte de la base con derecho a deducción.
Gracias por la rapidez de tu respuesta, pero la verdad es que no me ha quedado nada claro, puesto que si reflejo la amortización total de la 1ª hipoteca al haber sido cancelada con la 2ª ¿no estaría desgravando dos veces por lo mismo?. ¿No sería más lógico desgravar todos los importes de la 2ª y los intereses más lo amortizado de la 1ª hasta la fecha en que se pidió la 2ª?. Espero haberme explicado bien.
Un saludo
Le comentaba que tenía que poner los datos, pero me creía que me estaba preguntando sobre los identificativos.
En cuanto a las cantidades hay que no me queda claro ¿tenía ya otra vivienda?
Si es así, de la segunda vivienda no podrá empezar a desgravar hasta que lo invertido no supere la base sobre la que se practicó deducciones en la primera.
Si no es así escríbame dándome todos los datos.
Gracias de nuevo. Creo que me he expresado mal desde el primer momento. La 1ª hipoteca es sobre su vivienda habitual de la cual lleva desgravándose varios años, la 2ª es una ampliación de la 1ª sobre la misma vivienda (se ha abierto hipoteca nueva con los consiguientes gastos). Espero haberme explicado bien esta vez.
Un saludo
Puede desgravarse de todos estos gastos que me comenta pero tenga en cuenta que de la segunda vivienda no podrá desgravarse hasta que lo invertido en este no supere la base sobre las que practicó deducciones de la primera.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas