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Una persona se ha comprado su vivienda habitual en 2004 mediante un ptmo hipotecario de 15 millones, la casa ha costado 10mill y 5 han sido para reformarla totalmente ya que sólo contaba con las paredes. Meses después amplia el ptmo hipoteca en 4 millones para seguir reformándola ya que no le daba el dinero. ¿gtos inherentes a la compra? Sólo se puede deducir lo que ha pagado de amortización e intereses que figura en hacienda, ¿en sus datos fiscales? ¿Qué otros gastos de los que no tenga conocimiento hda se puede deducir?
En su trabajo le retienen 1900 euros y sólo le devuelven 420. ¿Puede ser así el primer año de compra de la vivienda?
¿Qué pasa con el segundo ptmo que pidió? Muchas gracias de antemano

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Podrá deducirse por la parte correspondiente a 10m (2/5) ya que lo empleado para la reforma y la segunda ampliación no se pueden asimilar a adquisición de vivienda. Existe una posibilidad para poder deducirse esos gastos de reformas y es que se hubiera tramitado como rehabilitación de vivienda (pero con todos los requisitos que su ayuntamiento exija para ello), si no es así, sólo puede desgravarse en la proporción a los 10m que costó la vivienda.

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