Herencia

Cuando mi padre murió, le dimos los papeles de la herencia a una gestoría para que tramitase el impuesto de sucesiones. Inicialmente, la Xunta de Galicia valoró la casa donde él vivía y otra finca que tenía por encima de su valor real. Pusimos un recurso que resolvieron a nuestro favor, pero como fue la gestoría quien tramitó todo no nos dimos cuenta de que existía la posibilidad de acogerse a la reducción por vivienda habitual del causante. Ahora hemos ido a presentar una solicitud de devolución por el impuesto inicialmente pagado y nos contestan que aunque tenemos razón, al haberse presentado ya un recurso (aunque no tenía nada que ver la reclamación inicial con la nueva) y haber vencido el periodo para alegaciones, no procede la devolución. ¿Es esto así? ¿Si recurrimos nos lo van a volver a denegar o es un abuso por parte de la Administración?. Muchas gracias

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Efectivamente, los poderes de la Administración son así.
El problema es que al ser una declaración que hacéis vosotros (autoliquidación) y el error ha sido vuestro los plazos de prescripción corren a favor de la Aministración.
Además y como tu bien dices era una "posibilidad"... si no os acogéis.
Lo mismo pasaría si al presentar la declaración no te haces la deducción por vivienda habitual... Hacienda encantada.
De todas formas como poner el recurso es gratis... que trabajen y te contesten denegandolo.

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