Impuestos previsibles cambio de vivienda (reinversión)

De nuevo dleto. Vuelvo a insistir en el mismo tema, pero esta vez con otro enfoque, ya que en mi anterior pregunta no te proporcioné todos los datos (por descuido).
Vivo actualmente en una vivienda que compré a mediados de octubre de 2004 (coste total con gastos, unos 150.000 Euros). Pedimos una hipoteca por 128.800 Euros.
Vamos a firmar la venta de esa vivienda a finales de octubre de este año por un valor de 230.000 Euros. Me queda actualmente de hipoteca 118.000 Euros (fundamentalmente he pagado intereses estos 3 años, qué se la va a hacer).
En noviembre de 2006 pagamos 33.000 Euros para la reserva de una casa que hemos escriturado en agosto de 2007, cuyo coste es de 360.000 Euros (más unos 11.000 Euros de gastos). Como queremos la exención por reinversión en vivienda habitual, desde agosto que escrituramos la casa nueva hasta finales de octubre que vendamos la actual, solicitamos por un lado una hipoteca de 310.000 Euros para la casa nueva y que nos mantengan en periodo de carencia la de la casa actual.
En definitiva, a finales de octubre finalizaremos ambas operaciones, incluyendo la reinversión (tal y como me dijiste en tu anterior respuesta).
El tema es, de cara a la declaración de la renta del próximo año (la del 2007), ¿podré desgravarme algo por la compra de la vivienda nueva?.
Respuesta
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Lo primero es decirte que no notifiques a Hacienda el cambio de domicilio hasta, por lo menos, octubre de 2007, de manera que se cumplan los tres años necesarios.
Deberás reinvertir el neto que recibas de la venta de la primera vivienda para que la ganancia quede exenta, en este caso serán aproximadamente: 230.000 - 118.000 = 112.000 (precio de venta menos amortización hipoteca pendiente)
Esto quiere decir que para la nueva vivienda debes pedir un préstamo COMO MÁXIMO de 259.000 euros, porque se supone que el resto lo pagas en efectivo con lo recibido por la venta de la anterior vivienda.
259.000 son el resultado de precio de compra de la nueva vivienda (360.000+11.000) menos importe NETO cobrado por la venta: 112.000
Así las cosas: ¿Podrás deducirte algo en 2007 por la compra de la nueva vivienda?, sí, por las cuotas DESDE LA FECHA DE VENTA DE LA PRIMERA VIVIENDA (desde octubre de 2007) del préstamo destinado a su compra que será por un máximo de 259.000
Espero haberte podido ser de ayuda y haber aclarado tu duda.
Una cuestión sobre esto. He leído en la Agencia Tributaria esto: "No se puede practicar deducción por la adquisición de la nueva vivienda mientras las cantidades invertidas no superen tanto el precio de la anterior en la medida en que haya sido objeto de deducción, como la ganancia patrimonial exenta por reinversión."
No entiendo muy bien esta frase, pero creo entender que hasta que no haya metido en la nueva hipoteca más dinero que la antigua (sin contar con lo reinvertido) no empezaré a deducir. ¿Es esto así, realmente?.
Gracias por tu ayuda.
Tienes razón, se me había pasado.
En este caso deberías saber lo que te has deducido como inversión por la vivienda comprada en 2004 que puede ser por:
- Cuenta vivienda antes de la compra
- En efectivo el año de la compra
- Amortización de préstamo desde la compra (10.000 aproximadamente)
Ese importe lo tendrás que quitar como no deducible.
Ejemplo: supongamos que este total es de 20.000 euros, tienes entonces dos opciones:
Opción 1: Pides un préstamo de 259000, esto supone que serían deducibles 239000 euros (y sus intereses) y los otros 20000 no serían deducibles.
Puedes prorratear las cuotas y decir: 20000 supone el 0,8% del préstamo: Será deducible el 92% de las cuotas y el 8% no.
Opción 2: Pides un préstamo de 239000 o menos, en ese caso el 100% del préstamo sería deducible desde el primer año y ADEMÁS en 2007 sería deducible la diferencia entre 239000 y el importe real de préstamo pedido. (Si pides 230000 de préstamo, se supone que ya en 2007 te podrías deducir 9000 euros pagados en efectivo)

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