Planificando reinversión de vivienda

Me permito realizarte una pregunta, quizá me puedas orientar.
Mi situación es la siguiente:
- Yo tengo una vivienda comprada que fue mi vivienda habitual + 3 años.
- Después compre con mi pareja otra, en la que vivimos desde hace 2 años.
- Nuestra idea es comprarnos una vivienda mayor, ya que ambas son pequeñas y vender la primera, e intentar aprovechar la exención por reinversión, porque esta vivienda ha duplicado su precio.
Esta claro que nuestro problema son las fechas, numero de años... ¿Se os ocurre algún consejo? Teniendo en cuenta que ahora mismo estamos planificando, así que si hiciera falta yo mismo podría volver a empadronarme en la primera o lo que haga falta. Eso si, no se si podríamos esperar otros 3 años para comprar.
Muchas gracias por anticipado.
Los detalles serian:
- Cuando llegue a Madrid compre yo solo un piso pequeño (1 hab) en 2001. No se si llegue a estar empadronado, pero fiscalmente era mi dirección, y todos lo años me deduje en la declaración por las cantidades aportadas en el año. Fueron más de 3 años.
El ultimo año esta vivienda ha estado alquilada, y el alquiler lo hemos declarado en Hacienda.
- En junio 2005 nos entregaron un piso nuevo a mi novia y a mi, en el que vivimos durante los últimos 2 años. También en este caso nos hemos ido deduciendo por la vivienda, y en este caso incluso me he empadronado desde hace 1 año y 6 meses. Hace 6 meses nos casamos (este dato lo doy por si puede servir para algo).

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La exención por reinversión sólo la vas a poder aprovechar por uno de los pisos que vendas, nunca por los dos. Además sería complicado que ambos cónyuges declaren diferentes viviendas habituales.
Teniendo en cuenta eso lo lógico sería aplicar la exención a la actual vivienda habitual. Mientras que tu primera vivienda sería una ganancia patrimonial tuya personal (de cara al IRPF) y no afectaría a la declaración de tu mujer.
Vuestra situación es la siguiente:
- Vuestra vivienda actual es la habitual para Hacienda y será por la que podáis acogeros a la exención por reinversión.
- Tu primera vivienda no es habitual por lo que la ganancia no podrá tener ninguna exención. Por haberla tenido alquilada deberás aplicar además la amortización.
- Si os habéis casado hace seis meses eso podría valer para justificar un cambio de vivienda antes de pasados los tres años (la celebración del matrimonio es un supuesto que Hacienda admite como válido para el cambio antes de tres años SIN QUE LA VIVIENDA PIERDA SU CARÁCTER DE HABITUAL).
Por último, es recomendable empadronarse en la vivienda que uno declara como fiscal, pero no es obligatorio, lo que realmente cuenta para Hacienda es la dirección fiscal.

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