Impuestos de compra-venta de vivienda

Hola,
Mi pareja y yo queremos vender el piso que nos compramos en junio de 2005 en Barcelona. ¿El piso nos costo 180000? ¿Y lo vendemos por 260000?, pero tenemos intención de reinvertir la ganancia en un piso en el País Vasco, donde nos trasladamos.
Quisiera saber qué impuestos tendríamos que pagar teniendo en cuenta que reinvertimos en otro y que nos compramos nuestro piso hace menos de 3 nos (he oído que si vendes el piso antes de tres años tienes que pagar más impuestos porque se considera que lo vendes para hacer negocio).
También me gustaría saber si a la hora de vender nuestro piso ya tendríamos que tener "apalabrado" el que nos compráramos para que se considerara reinversión.
Muchas gracias!
Patricia

1 respuesta

Respuesta
1
Para poder acogerse al beneficio fiscal de exención por reinversión se debe vender la vivienda habitual, y para que se considere habitual se debe residir en ella al menos un plazo continuado de tres años. Se seguirá considerando vivienda habitual, a pesar de nos residir en ella los tres años si se cumple alguna de las siguientes causas:
Separación matrimonial
Traslado laboral
Obtención del primer empleo o de empleo más ventajoso
otras análoga
Si no hay ninguna de estas circunstancias se deberá triutar por la ganancia patrimonial al 18%
260000-(180000x1,0200)=76400x18%=
13752 euros a pagar a hacienda
Tendrías un plazo de dos años para realizar la reinversión

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas