0 % de retención de I.R.P.F.

Buenas tardes. Mi pregunta es la siguiente: Es correcto descontar un
0% de I.R.P.F. En un contrato indefinido de media jornada (20 horas).
Gracias.
Respuesta
1
La retención a aplicar por parte del empresario no se calcula en base al clausulado del contrato, se hace en base a lo que realmente te paga, se debe calcular la base para aplicar la retención y después aplicar una serie de deducciones, etc. No obstante si quieres puedes pedir que te retengan, si es que en base a lo que te pagan estás obligado a declarar y pagar.

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