Titularidad deposito

Buenas tardes. Tengo la siguiente duda que le agradecería me resolviera
Vendí en 2005 una finca de la cual era el único propietario, ese dinero lo metí ese año en una cuenta a mi nombre y en 2007 lo he transpasado a otra en que mi esposa y yo somos cotitulares.
¿Al venir el dinero de la venta de mi finca debo ponerlo tanto en patrimonio como los Rend del capital en el IRPF sólo a mi nombre aunque ahora esté en una cuenta común o a los dos por ser titulares de la misma al 50%?
¿Si es a los dos se consideraría donación?
Muchas gracias

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Los rendimientos serán de los titulares de las cuentas, idenpendientemente del proceder de los fondos.
Si en la escritura de venta, aporta usted el importe de la misma a la sociedad de gananciales, no hay ninguna donación.
Si están en separación de bienes, entonces su esposa no es titular de los mismos y no podrá disponer de ellos.

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