Venta finca rústica. ¿Cómo se considera afecta o no afecta a la actividad agrícola?

Mi madre y tres hermanos somos propietarios de una finca rustica, recibida en herencia al fallecimiento de mi padre en 1986, tenemos intención de venderla, pero tenemos muchas incógnitas respecto a la fiscalidad, si la finca está afecta o no, y es por lo siguiente: mi madre es pensionista con 75 años, recibe su pensión ademas del pequeño ingreso que supone la cosecha de esta finca, ella en la declaración de irpf declara estos ingresos en los módulos para las actividades agrícolas, pero a efectos fiscales esta finca no esta registrada en ningún libro oficial ni mi madre esta inscrita ni lo ha estado en ningún cesno de agricultores, no ha estado dada de alta en el régimen especial de autónomos, no ha practicado jamás amortizaciones, ya que al no llevar libros oficiales y al aceptar la agencia tributaria como se declaraban estos ingresos estimamos que todo se ha venido haciendo correctamente. Los hermanos no hemos desarrollado actividad agrícola de ningún tipo ni hemos declarado jamás ingresos agrícolas.
El problema se plantea en que si se considera la finca afecta o no afecta a la actividad agrícola en la parte que corresponde a mi madre, porque la diferencia impositiva de una o otra forma es muy considerable.

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Aunque su madre no esté dada en el régimen especial agrario, sí tiene la afección de actividad económica, máxime cuando hace la declaración incluyendo los rendimientos agrícolas que obtenga, imagino que subvenciones incluidas.
Por el porcentaje de propiedad de su madre sí tiene que declarar la finca como afecta a actividad, pero por la fecha de la adquisición por herencia, tendrá grandes reducciones en la venta.

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