Venta casa heredada

En el año 2008 falleció un familiar heredando la casa en la que vivía
dos de sus hijos y dos de sus nietos (ya que el tercer hijo falleció
hace años).
Se ha realizado la Declaración de Herederos en 2009, de hecho todavía no nos la ha entregado el Notario.
Ahora esa casa se quiere vender, los cuatro herederos están de acuerdo con esto, y ha sido cuando nos surgen múltiples dudas.
En la Declaración de Herederos se ha puesto que el valor de la casa
es de 60.000 Euros, al parecer ese valor lo adopto el Notario del
catastro o la contribución.
Tenemos la opción de vender la casa, en cuanto tengamos todos los papeles (claro esta), por unos 115.000 Euros.
Yo creía que cuando se vendía una casa, el vendedor pagaba la
plusvalía y luego tenía que reflejar la ganancia patrimonial en su
próxima declaración de la renta, en este caso en el 2010.
Ahora me surge la duda, si nosotros acabos de arreglar los papeles
por 60.000 Euros y vendemos por 115.000 Euros, tenemos una ganancia de
¿55.000 Euros?
Entonces, ¿pagamos plusvalía aunque lo hagamos en menos de un
año? Donde puedo ver los porcentajes que le corresponden al
¿Ayuntamiento (es una localidad de unos 7000 habitantes)?
El dinero que cobremos de la venta, yo lo voy a invertir en otra
vivienda que estoy construyendo en esa misma localidad, pero no es mi
vivienda habitual. ¿Sigo teniéndolo que declarar como ganancia
patrimonial?
¿Tendríamos qué pagar el 18% de Plusvalía y el 15% de ganancia patrimonial?
55.000 al 18% = 9.900 euros
55.000 al 15% = 8.250 euros
Total = 18.150 euros
Me parece demasiado dinero, desde que herede de mi abuela llevo pagando cosas y cosas, impuestos, gastos notariales...
¿Alguien podría decirme si estoy equivocada? ¿O cómo es esto exactamente?

2 Respuestas

Respuesta
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Veamos, por partes, en la declaración de herederos (que es un documento que se hace para suplir la falta de testamento del fallecido) no se consigna ningún valor de ningún bien. Los valores se consignan en la escritura de herencia.
El valor que en dicha escritura consigna el notario es el que los clientes quieran, y si no se indica nada por parte de los clientes se suele tomar el valor fiscal mínimo (que varia para cada municipio, pero que por regla general es el valor catastral multiplicado por un coeficiente). Si se pone menos de este valor tendríais problemas con la oficina liquidadora, y os podría llegar una revisión de valores. En cambio, por encima de ese valor, el que queráis poner sin problemas. (Hay que llevar cuidado de que puede pasar de que por poner valores demasiado altos luego se tenga que tributar mucho por el impuesto de donaciones). Yo os recomendaría que hicierais un estudio fiscal antes de firmar (en la misma notaria deben de estar en condiciones de daros esa información sin coste alguno).
La plusvalía municipal también es un impuesto que varia para cada municipio, y que en todos va en función del tiempo que el fallecido hubiera estado en posesión del inmueble. Para saber el coste con certeza debes ir al Organismo de gestión tributaria de tu ayuntamiento y allí te dirán el importe exacto a pagar en ese concepto.
De ganancias patrimoniales y las repercusiones en la declaración de la renta siento no poderte dar respuesta.
El valor lo puso el Notario con los datos que le entrego un familiar, supongo que será correcto. Aun así hablare con él Notario a ver que me dice, aunque los papeles ya los ha llevado a Hacienda y no se si es posible ya modificar nada.
Sobre la plusvalía preguntare en el Ayuntamiento del pueblo donde esta la casa, a ver que me dicen, pero tiempo uffff pues toda la vida, mi abuela ha vivido allí toda la vida!
Aun así muchas gracias por tu respuesta.
Respuesta
1
Vamos a ver, una cosa es el impuesto de plusvalía que lo paga exclusivamente el vendedor, y otra cosa es el impuesto sobre la renta de las personas, que es donde se declara la ganancia patrimonial. Son impuestos distintos.
El impuesto de plusvalía es municipal, y cada ayuntamiento tiene sus porcentajes. Si ha pasado menos de un año desde que adquiriste la vivienda hasta que la vendáis, no se paga.
Otra cosa es que el año que viene tengas que declarar en la renta que has tenido una ganancia patrimonial.
O sea que como los papeles los hemos arreglado en el 2009 si vendemos la casa en el 2009 aunque sea un valor diferente al de la Declaración de Herederos la plusvalía no la pagaríamos, ¿no?
¿Y la Ganancia Patrimonial es un 15% de que?
Gracias y perdona, pero es que tengo un poco de lio.
Si pasa menos de un año desde que la adquieres hasta que la vendes, no se pagará plusvalía.
La ganancia patrimonial será la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de venta

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