Exención por rehabilitación en vivienda habitual

Buenas,
Recibí una herencia de la venta del piso de mis padres (herencia de mi madre) en marzo del 2008 y Hacienda me reclama para este año 2008 unos 4000 euros.
Quiero reinvertir esa cantidad en rehabilitar mi vivienda actual, en la que estoy empadronada desde hace dos años, pero no está a mi nombre, sino al de mi pareja y nos casamos este año.
Según he entendido en www.agenciatributaria, vivienda habitual se considera si estas empadronada desde hace tres años como mínimo, pero también sirve si te casas.
¿Entonces puedo acogerme a la exención por reinversión en vivienda habitual para rehabilitación? Si no es asi, ¿Qué es lo que puedo hacer para pagar menos en la declaración de la Renta?
Un saludo.
Respuesta
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¿Recibiste el piso en herencia y lo vendiste en marzo del 2008 y supongo que obtuviste una ganancia patrimonial por la cual Hacienda te reclamará unos 4000?, verdad ¿?
La rehabilitación en IRPF consiste en obras que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
a) Ser calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación según Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan EStatal 2005-2008, para faforecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.
b) Tener por objeto la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y tratamiento de estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas siempre que el coste global de las obras exceda del 25% del precio de adquisición si esta se hubiera efectuado en los 2 años anteriores a la rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado de la vivienda en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado que tuviera la vivienda en el momento de su rehabilitación.
A partir de 1.1.2008, a estos efectos se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo.
Es decir, si estabas pensando en cambiar, la cocina, el parqué, los baños o cosas de este estilo... para Hacienda no son Rehabilitación...
Me he estado informando en agencia tributaria y lo mejor sera que pague los 4000 euros, pues me dicen que como la vivienda no esta a mi nombre no puedo hacer nada y la obras, como me comentabas, iban a ser para arreglar el baño, el suelo y otros.
Gracias por su respuesta,
Un saludo.

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