Ley de general tributaria

¿Qué diferencias existen entre un obligado a soportar la repercusión y un obligado a soportar la retención?
¿Qué diferencias existe entre un obligado a realizar pagos a cuenta u otra a practicar ingresos a cuenta?
Gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
La misma que puede haber entre quien recibe una factura con iva repercutido y quien soporta una retención de IRPF en la nómina.
El obligado a realizar pagos a cuenta es aquél sujeto pasivo que paga "a cuenta" de los beneficios del ejercicio en curso. Es un adelanto de lo que tributará y cuya regularización se realiza con la presentación del impuesto al final del ejercicio. Ejemplo: sociedad que realiza pagos a cuenta de beneficios y que, con la presentación del impuesto de sociedades le sale a pagar o a devolver.
Con los ingresos a cuenta, lo mismo. Imaginemos que una empresa retiene el irpf de las nominas de los trabajadores y lo ingresa en la cuenta del tesoro mediante los modelos 110. Al año siguiente, mediante la declaración de renta, les quedará un saldo a devolver o a pagar.
¿Pero por qué esta obligado a realizar los pagos a cuenta? ¿Y qué es una factura con iva repercutido?
Está obligado a realizar los pagos a cuenta porque la ley lo dice así. Él tuvo unos beneficios en el ejercicio anterior y hace unos "adelantos" o pagos a cuenta de los beneficios que se supone tendrá este año. Si luego no los tiene, o tiene menos, se le devolverá la diferencia.
¿No sabes lo que es una factura con IVA repercutido? Pues cualquier compra que realices lleva implícita la obligación de pagar un impuesto que se llama IVA y que te están repercutiendo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas