Pago a Hacienda por cesión compraventa inmueble

Una persona que ha pagado 3 entradas al promotor por un apartamento que aún no se ha escriturado me ofrece cederme el contrato de compraventa pagándole las mismas cantidades que él pagó en su momento, y ya se escrituraría a mi nombre y cogería yo la hipoteca. En principio parece buen negocio para los dos porque a mi me saldría más barato el apartamento, y el recuperaría lo invertido y se ahorraría de escriturar. Pero tengo entendido que esto Hacienda lo considera como una reventa (aunque no haya plusvalía para el vendedor) y que a mayores del 7% de IVA que pagaría en cualquier compra normal, debería pagar luego otro 7%, ¿esto es así? Si hay que pagar más a Hacienda, ¿es posible realizar esta operación de otro modo en la que no tenga que pagar el doble de impuestos? Porque ni el vendedor pretende sacar un beneficio económico, ni yo quisiera llevarme una desagradable sorpresa, ya que sería la compra de mi primera vivienda y para destinarla a vivienda habitual, normalmente estas cosas desgravan y no quisiera verme perjudicada. Muchas gracias
Respuesta
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Pues no. No es así... pero casi.
Si el cedente de los derechos es una empresa, tributa al 16% de IVA y si se hace escritura pública tributa por AJD.
Si es un particular, está sujeto a ITPO y tributa al 7%.
NORMATIVA: Artículo 4 Ley 37 / 1992, de 28 de ciembre de 1992 .
Artículo 8 Ley 37 / 1992, de 28 de iciembre de 1992 .
Artículo 11 Ley 37 / 1992, de 28 de iciembre de 1992 .
Consulta de la D.G.T. 1013 - 2004, de 15 de Abril de 2004
Consulta de la D.G.T. 1153 - 2003, de 03 de Septiembre de 2003
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1382 - 2006, de 03 de julio de 2006
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1494 - 2006, de 10 de julio de 2006

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