Hecha un lío con mi 2ª piso

Compré una segunda vivienda y por un mal asesoramiento de mi propio banco, la compré como habitual, ya que me aconsejaron que lo hiciera pues soy menor de 35, y me podía beneficiar de unos gastos del 3,5 %.
El caso es que voy a vender mi verdadera habitual y quiero invertir ese dinero en el pago de la hipoteca de la segunda; me comentan que lo puedo hacer sin ningún problema pues los bancos no informan de cual es la habitual a Hacienda. ¿Es esto así? Pero ¿qué pasa con el 3,5 de gastos en vez del 10%? El año que viene ¿cómo declaro?
Muchísimas gracias, estoy hecha un verdadero lío.
Saludos.

1 respuesta

Respuesta
1
La pregunta es: te estas deduciendo lla hipoteca en la declaración de la renta.
Hola David.
Pues la primera la tengo pagada desde abril 2008; esta que acabo de comprar sí tiene hipoteca.
Mil gracias.
Saludos
La compré este año a final de junio, y no sé como declarar el año que viene.
Pues debo decirte que si, efectivamente te asesoraron mal. Te explico:
Si vendes una vivienda debes tributar por las ganancias que obtengas. La ley marca una exención por reinversión de esas ganancias en la compra de una nueva vivienda habitual. Pero... es requisito indispensable que la vivienda que vendes sea también habitual. Que no es tu caso...
O sea que te tocara pagar ha hacienda un dinerito.
Pero David, la vivienda que quiero vender sí es mi habitual, pues llevo más de 6 meses viviendo en ella, luego sería mi habitual, ¿no?
Mi gran duda es cuando compré la segunda beneficiándome de unas condiciones como habitual, si puedo declararla como segunda vivienda; o esto es algo automático, como la compré como habitual constará en hacienda como habitual y mi verdadera habitual como segunda. Es esto lo que me gustaría aclarar, pues quiero declararla como segunda vivienda, pues es lo que es, aunque tenga que pagar por haberme beneficiado de unas condiciones que no correspondían (todo por no asesorarme bien antes de la compra).
Mil gracias.
Cuando digo que llevo más de 6 meses, me refiero de este año, llevo más de cinco años viviendo en mi habitual. Y como sé que cuando tienes dos viviendas es la habitual donde lleve más de 6 meses viviendo y que lo puedas demostrar, por eso te lo comentaba; a ver que me puedes aconsejar.
Mil gracias otra vez.
Si Si, por supuesto que hacienda lo sabe.
Tu te compras una vivienda
Pasas por el notario
El señor notario te pregunta si va ha ser habitual
El señor notario informa ha hacienda y al catastro.
O sea; es posible que tu vivas en la vivienda en la que dices que vives realmente, pero para hacienda eso no es así.
Para poder modificar una vivienda habitual por otra, por ley hace falta que en tu nueva vivienda (que para hacienda es la habitual) vivas durante tres años, y cuando vivas esos tres años podrás cambiar tu vivienda habitual.
Entonces al comprar esta, directamente mi verdadera habitual pasa a segunda vivienda, ¿sin haber cambio de empadronamiento ni domicilio fiscal?
Efectivamente
No lo entiendo David, pues me comentan en otro foro que si tienes dos viviendas la habitual es la que más tiempo vivas en ella, creo que mínimo 183 días.
Y que pagando lo no que no pagué en su momento al declararla como segunda vivienda, se regulariza la situación. ¿Qué opinas de esto?
Muchas gracias.
Quien te habla desde el otro foro tiene los conceptos equivocadisimos.
1) Los 183 días es para perder o no perder la residencia en españa y no tiene nada que ver con la vivienda habitual.
2) Por favor coge la escritura de tu casa y mira y te la otorgan como vivienda habitual, y si es así (y te repito que es independiente que tu otra vivienda la habites todo el año) hacienda la tratara como habitual.
3) Y para más inri y para rizar el rizo y de tu vivienda nueva te has deducido las cuotas hipotecarias en la declaración de la renta, te tocara devolver dichas deducciones.
A ver David, que me aclare:
De la segunda vivienda que he comprado este año en junio, no me he deducido nada todavía, sí que me pagado menos impuestos, pero para el año que viene iba a declararla como segunda residencia y pagar lo que no pagué más lo que grave.
Pero tú me informas de que no puedo, ¿si? Que ésta es mi habitual aunque haya vivido menos de 183 días, no me haya empadronado ni cambiado direcciones. Luego, para el año que viene puedo desgravarme sin problemas; y mi otra vivienda pasa a ser segunda residencia, ¿si?
Muchísimas gracias por tu información y ayuda para aclararme las cosas.
Saludos.
Vamos a ver si consigo aclararte:
Tu tienes una vivienda A de la cual no tienes hipoteca y es en la que realmente vives.
Te compraste hace muy poco una vivienda B de la cual tienes hipoteca y por razón de ahorrarte impuestos paso a ser tu vivienda habitual, o sea que la vivienda A dejo de ser habitual. Es decir, hacienda dijo... a esta chica la voy a regalar unos impuestillos si considera su vivienda como habitual. Y de verdad... créeme ... da igual que no estés empadronada o que no cambies direcciones o que vivas o dejes de vivir más o menos de 183 días etc etc...
Hacienda dice: Que las cuotas de la hipoteca de tu vivienda B te las podrás desgravar en la declaración de la renta
Hacienda dice: Que si vendes tu vivienda A y utilizas el dinero para amortizar hipoteca de la vivienda B, no podrás beneficiarte de la exención por reinversión. Por que hacienda dice que para que te puedas beneficiar de esta exención hace falta que tu vivienda A sea habitual, condición que perdiste cuando compraste la vivienda B.
No se si me he explicado......
Entonces, David, y con esto dejo de marearte y finalizo:
-No hay vuelta atrás, por un pésimo asesoramiento pierde mi habitual de siempre esta condición, ¿y no hay manera de subsanarlo? ¿De demostrar que es mi habitual?.
-En la documentación que me entregan en notaría de la compraventa de B, no especifica por ningún lado que es habitual ni que me he beneficiado de unos impuestos; cosa un poco rara porque en mis escrituras de A lo pone de forma muy clara, que se compra como vivienda habitual, y que me beneficio por ser menor de 35 de unos impuestos. ¿No te parece un poco raro?.
-Y si declaro B el año que viene como segunda residencia ¿qué pasaría?.
Muchísimas gracias David, de verdad que ya no te mareo más; pero es que estoy muy perdida, has sido realmente amable y muy muy útil.
Entonce llama a la notaria e investiga por que debería salir en la escritura
Y si realmente la B es la habitual pues tendrás que esperar 3 años desde que firmaste la escritura, por que si no te harán devolver la rebaja fiscal que te hicieron.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas