Duda tras dación en pago con hacienda

Tenemos una duda bastante importante.
Teníamos dos créditos hipotecarios de una misma vivienda que sumaban 396000 euros.(¿302.000? Y 94.000?)
Nos la tasaron en esa misma cantidad y nos financiaron el 100 %.
Después de 3 años y muchas penurias hemos llegado a un acuerdo con la entidad bancaria, (UCI) para la dación en pago.
Han aceptado la dación por 396000 euros, de la siguiente manera.
¿Se cancela el préstamo de 302.000? ¿Y del préstamo de 94.000? ¿Se cancela parte de él y restan casi 30.000? Que es lo que se nos ha quedado como cantidad a seguir pagando, pero sin modificar las características del préstamo. ¿Por lo que nos ha quedado una letra de 132,60? Al mes durante 37 años que es lo que restaba de tiempo del préstamo en el momento de la dación.
Nuestra pregunta es: ¿Al hacer la declaración de la renta tendremos que pagar mucho importe? ¿Si es así se podría fraccionar?
Perdóneme la ignorancia, pero nunca hemos estado en una caso así.
Respuesta
1
¿Cuál fue el valor por el que se escrituró la compra de la vivienda?
En 396000 euros, lo mismo que el importe de la dación.
No tendréis que pagar nada en la renta por esta operación. Siento no haber podido responder antes.

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