Hacienda

Hola, en el mes de agosto de 2009 presente las declaraciones de renta de 2007 y 2008. No sabia que tenia que hacerlas hasta que me lo dijeron en el ministerio de vivienda. El caso es que las dos me salieron a m favor. La del 2008 ya me la ingresaron pero la del 2007 todavía no.
Quisiera saber si tienen algún plazo para pagármela o lo pueden hacer cuando ellos quieran. Es que cuando las presenté me dijeron que antes de final de año tendría el pago de las dos, y el otro día fui a informarme y me dicen que me la pagaran cuando quieran que no hay un plazo.
Muchas gracias

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En teoría el Estado es inembargable. Así que si deciden no pagártela no hay forma de cobrársela. Puedes reclamar judicialmente pero no se puede ejecutar el pago. No obstante esto sólo ha pasado en contadísimas ocasiones.
A efectos prácticos normalmente las devoluciones se suelen hacer en un plazo máximo de 6 meses. Ahora bien, esto no quiere decir que siempre sea así, sino que se devenga el derecho a intereses si no se paga en este período.
Ojo, se me ha olvidado decirte que ese plazo puede interrumpirse si se practica de por medio una comprobación (lo que normalmente se llama una inspección). Pero también el plazo de inspección máximo se suele situar en el medio año.

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