Desesperada con Hacienda

En septiembre de 2006 adquirí mi piso, un piso de segunda mano de unos 30 años destinado a ser mi vivienda habitual. Al hacer todos los papeles descubrimos que tenía un tipo de protección (VPO privado entre 1968-78 a 50 años) y que en vez de pagar el 7 por ciento de impuestos podía pagar el 3, dado que era mi primera vivienda e iba a estar destinada a vivienda habitual, además en este tiempo he desgravado la cantidad correspondiente a la hipoteca. La intención era trasladarme a este piso en menos de doce meses, como indica la ley. Había que hacer obras, mi padre que está jubilado y es un manitas se iba a encargar de ellas, pero esperábamos terminarlas para julio-agosto de 2007. En diciembre de 2006 mi abuela se rompió una cadera y en junio de 2007 la otra, con lo que tuvo que venirse a vivir con mis padres y conmigo. La primera cadera retrasó las obras (mi padre iba mucho al pueblo, donde vivía ella), pero cuando se rompió la segunda se tuvo que venir a vivir con nosotros. Esto provocó que yo fuera a vivir a mi piso, aunque este no estuviera completamente acondicionado, porque en casa de mis padres no había suficiente espacio. Por tanto yo trasladé mis cosas y comencé a pernoctar allí a principios de julio de 2007 aún sin estar terminado el piso. De hecho, cuento con un informe de tasación de septiembre de 2007 en el que se ven fotografías de la cocina (completamente en obras) y del salón vacío. En este informe se detalla Estado de ocupación: propietario (porque cuando vino el tasador ya tenía una habitación habilitada y yo ya pernoctaba allí).
Un año después (junio-julio 2008), cuando el piso estuvo acondicionado, se trasladaron a él también mis padres y mi abuela, puesto que es grande y tiene ducha (mientras que el de ellos tiene bañera) y era más cómodo para acoger a una persona discapacitada. Ahora Hacienda me reclama que acredite que viví en los doce meses posteriores a su compra. A mí me resulta complicado, puesto que aunque tenía mis cosas allí, solo iba a dormir (me paso prácticamente todo el día trabajando. Salgo de casa a las ocho de la mañana y vuelvo de noche, incluso me ducho en el gimnasio), por tanto el gasto de luz es escaso, entre 14 y 20 Kw. Ni siquiera tenía nevera (la cocina estaba en obras), en el fondo porque no me hace falta, ya que ni siquiera como en casa. Me temo que me van a decir que el gasto eléctrico no es suficiente para acreditar que yo vivía allí, aunque realmente lo hiciera. ¿Tengo argumentos para explicarles que estoy siempre fuera y apenas gasto electricidad? En teoría, además, la ley dice que los doce meses se cuentan desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras.. ¿Se refieren a obras de una vivienda nueva, porque realmente las obras se terminaron más tarde?. Se puede probar con el informe de tasación de septiembre de 2007, además, para ello puedo acreditar la compra, por ejemplo, de pintura o de un lavabo, que no sé por qué pero he guardado las facturas. No de obreros, porque como comenté de la obra se encargó mi padre. ¿Sería suficiente con esto? Ya a partir de julio de 2008 hay gasto alto de luz, gas. Porque fue cuando mis padres y mi abuela se trasladaron.
Sobre empadronamiento y correo del banco. Parte me llega a mi casa y parte aún a la de mis padres, que está a la vuelta de la esquina y es verdad que por pereza no lo he cambiado.
Mis dudas, sobre todo, son ¿si con gastar 14 o 20 Kw puedo acreditar que vivo en una casa, además contando con el informe de tasación que dice que la casa está ocupada por el propietario (es decir) yo? Y por otro lado, si eso no les vale, puedo acreditar que se ocupó efectivamente antes de un año de que se terminaran las obras. Ya que en septiembre de 2007 se ven las fotos de la obra en el informe de tasación y a partir de julio de 2008 hay verdadero gasto.
Estoy desesperada, porque esto me puede suponer pagar unos 10.000 euros (que no tengo) a Hacienda y no volver a desgravar más por un piso en el que vivo.
Mil gracias

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En teoría Hacienda debe admitir cualquier medio de prueba admitido en derecho, pero la cosa no es tan fácil. Como bien se ha comentado en la exposición lo suyo sería remitirles certificados de empadronamiento, facturas de agua, luz, electricidad, teléfono, gas, ... a esa dirección y a nombre del titular del inmueble. Si existen facturas de otro tipo a nombre del titular del inmueble y con esa dirección también servirían. Si parte de esa documentación figurase parte en la casa antigua y parte a la nueva, bastaría con enseñar sólo la que interesa.
Se me ocurre también que si se ha cambiado la dirección en cualquier otro organismo (por ejemplo, la Seguridad Social), o en el DNI, aportar dicha información. O si figurase en la nómina o incluso en el censo electoral.
También pueden intentarse declaraciones juradas aunque es quizás la prueba que más débil me ha parecido siempre, ya que al fin y al cabo sólo dice que fulano y mengano compareciendo en el ayuntamiento, juran que se vive en esa casa desde la fecha que interese. Aunque debo reconocer que en un caso me sirvió.
La verdad es que por pura pereza no he cambiado nada a la nueva dirección, ya que la casa de mis padres está a la vuelta de la esquina, pero lo nuevo que he contratado sí que ya me llega a mi casa actual. ¿Cree qué puede servir de algo que en la tasación de septiembre de 2008 señale "estado de ocupación: propietario"?
Muchas gracias por su ayuda
En teoría ya digo que la ley dice cualquier medio de prueba admisible en derecho (es decir aquellos previstos en el art. 1215 del Código Civil: por instrumentos, por confesión, por inspección personal del juez, por peritos, por testigos y por presunciones y según el artículo 299 de la ley de enjuiciamiento civil: Interrogatorio de las partes, documentos públicos, documentos privados, dictamen de peritos, reconocimiento judicial e interrogatorio de testigos.). La clave está en ver qué se admite y qué valor se le da. Además existe el inconveniente de que estamos hablando ahora mismo de funcionarios de la AEAT y no de jueces, por lo que la valoración de la prueba que suelen hacer es menos favorable.
Todo esto para poner un poco en antecedentes. Me figuro que existirán contratos de suministros (teléfono, electricidad, gas, agua) que podrían servir en caso de que las facturas tengan otro domicilio. También tasas de basuras o facturas de comunidad. La misma tasación puede ser otro documento. Y en el peor de los casos declaración jurada en el ayuntamiento de dos personas (no familiares) en el que aseguren que el interesado vivía allí.

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