Factura de gastos Canarias

He hecho una compra a Canarias y la factura no lleva IVA. Mi duda es ¿Cómo tengo que reflejar esta factura en los modelos 303 y 390 de IVA?
Yo he emitido facturas a clientes europeos sin IVA. En este caso, las facturas no llevan IVA siempre que el cliente esté dado de alta como operador intracomunitario. Yo tengo que tener su VAT number. En el modelo 303 tengo que consignar la base imponible de estas operaciones en la casilla 44 y en el 390 en la 110.
Pero en el caso de la factura de gastos de Canarias, no se cómo tengo que actuar. ¿Tengo qué darme de alta como operador intracomunitario? En este caso ¿tengo qué presentar algún modelo adicional a los que ya presento?
Gracias por adelantado.
PD: En el teléfono de AEAT no me atienden con esta duda, tienen el IVA colapsado y no atienden, llevo toda la mañana llamando.

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Sentimos la tardanza pero estamos igual que Vd. liquidando todos los impuestos de nuestros clientes. Lo de la A.E.A.T. nos ha pasado a todos, cuando llegan los últimos 10 días del trimestre que corresponda, no hay quien coja el teléfono.
Entrando en su planteamiento la primera cuestión a dejar claro, aunque sasbemos que Vd. lo sabe es que Canarias es España, por consiguiente nunca puede ser intracomunitaria, que son solamente los Estados que pertenecen, como Vd. bien sabe, a la Umión Europea.
La compra que ha realizado en Canarias, efectivamente está exenta de I.V.A. ya que ellos se regulan por el I.G.I.C. (Impuesto General Indirecto Canario) y del miksmo modo que si Vd. hace una compra en EE. UU. En el registro del I.V.A. soportado solamente tiene que indicar la Base Imponible y cuota cero. En el 303 no tiene nada que poner, cuando llegue el momento del 390 en Enero del año que viene, ahí tiene casillas, para poner tanto I.V.A. soportado de cuota 0 al igua l que I.V.A. repercutido de cuota cero, y no tiene más problemas.
Si le queda alguna duda, estamos a su disposición. Con nuesros cordiales saludos.
Le entiendo perfectamente, a todos se nos acumula el trabajo. Le agradezco mucho la reaspuesta y me ha quedado claro que en el modelo 303 no hay que poner nada al respecto, y así lo he hecho.
Respecto al 390 ¿sabría decirme en qué casillas se pondría esto? En caso de facturas que yo hago al extranjero que no están sujetas al IVA, hay que poner la base imponible en la casilla 110 del modelo 390. Pero en el caso de una factura de compra de Canarias, ¿sabe usted que casilla sería?
Gracias y saludos
En cuanto al 390 no le digo las casillas, ya que los Señoritos del Ministerio de Hacienda, tienen la manía cada año de cambiar el impreso, y en consecuencia le podemos equivocar-
Lo que entendcemos debe de hacer es que ncuando llegue el mes de Diciembre, que ya el 390 del año 2.010 estará dispuestdo en las Administraciones de Hacienda para su compra, indicarsnos de nuevo el problema y le podrsemos decir "con seguridad" donde lo tiene que poner, y así evitamos errores y confusiones. Si no está de acuerdo se lo indicamos son re el impreso del 2.009, pero consideramos no es conveniente.
Conm nuestros cordiales saludos.

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