IRP-Gastos deducibles por adquis. De segunda vivien

Buenas tardes:
En el año 2009 adquirí junto con mi esposa una vivienda en régimen de gananciales, por la que constituimos una hipoteca con una entidad bancaria.
Esta vivienda por ahora la tenemos vacía esperando seguramente ocuparla el próximo año 2011.
Ahora bien, vivimos en otra vivienda de la cual en el ejercicio de 2009 acabamos de pagar la parte de la hipoteca que nos quedaba y a fecha de hoy es donde residimos y se desprende que es todavía la vivienda habitual.
Preguntas:
1. ¿Qué es lo que nos podemos desgravar en la declaración de renta de 2009 respecto a la vivienda que hemos adquirido, parte entregado al comprador, gastos de notaria, gestoría, registro, pago parte hipoteca, seguro de la vivienda, etc.?
2. Si fueran desgravables dichas cantidades, según la actual ley que regula el IRPF ¿Y para años sucesivos?
3. Vamos,¿qué si es determinante el que todavía sea entendida como segunda vivienda, para este ejercicio fiscal 2009 o es indiferente de que así sea?
Un saludo

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Respuesta
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La tercera pregunta que me has hecho, es precisamente la respuesta.
Claro que es determinante que se considere como 2º vivienda, por que de las 2º viviendas no te puedes deducir nada. Tendrás que esperar a que se convierta en hanituañ
Gracias por su rápida contestación.
Pero, ¿nada, nada nos podemos deducir aunque no hayamos vendido la primera vivienda?
Un saludo
No hasta que no la conviertas en vivienda habitual.

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