Cuenta vivienda

Antes de empezar, gracias por adelantado.
Me duda es la siguiente: Llevo casi dos años ingresando dinero en un cuenta vivienda que esta solamente a mi nombre. Estoy mirando un piso con mi pareja (que no tiene ahorros) y me gustaría saber si puedo dar como reserva el dinero que tengo en la cuenta vivienda aunque el piso vaya a ser para los dos.
Ademas también me gustaría saber cuando acaba el plazo de los cuatro años, porque el piso se entrega en septiembre de 2012 y a mi se ma acaban los 4 años en agosto. Tengo entendido que se para de contar cuando se firma el contrato de compra y venta.
Muchas gracias!

2 respuestas

Respuesta
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Aunque el piso vaya a ser para los dos, no quiere decir que tenga que estar a nombre de los dos, ya que entonces aparecería como que Vd. le ha hecho un préstamos a su novia que devengaría intereses, ya que ella, como Vd. bien dice no tiene ahorros. Por consiguiente en nuestra opinión y de momentdo la operación la debiera hacer Vd. solo, si más adelante y cuando ya tengtan su vivienda, deciden casarsse, puede Vd. aporstar el piso a la Sociedad de gananaciales, sin que tegan más costde que la escritura notarial que es barata.
En cuanto al tema de plazo de la entrega de vivienda es correcto lo que dice, lo que importa es que el contrato de compra de la vivienda que v a a ser habitual esté firmado. De esa forma nbo hay problema de tiempo y además si aparte de los ahorros en la cuenta vivienda, va poniendo cada año, hasta que se la edntreguen alguna cantidad más, también puede desgravarse hasta el tope de los 9.015 anuales.
Esperamos haberle aclqarado sus problemas., Nuestros corsdiales saludos.
Respuesta
La adquisición de la vivienda se entiende cuando se entrega la cosa vendida: entrega de llaves, otorgamiento de escritura pública, entonces entiendo que podrías utilizar el dinero de la cuenta vivienda cuando efectivamente te la entreguen.
El reglamento no dice nada a la hora de poder realizar pagos de esa cuenta, siempre y cuando sean para la adquisición de tu primera vivienda habitual
Creo que me he explicado, si no, cuéntame.
Lo que no entiendo es que mi cuenta vivienda cumple en agosto de 2012 y en principio el piso se entrega en octubre de 2012. ¿La fecha para el plazo debe ser esa o puede ser que se la fecha del contrato de compra-venta del piso?
TEngo entendido que es la fecha de formalización en documento público, por lo que sería cuando firmarais contrato o la escritura de compraventa.

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