Empadronamiento o no

Hola,
para poder aprovecharnos de importantes ventajas fiscales y de préstamo, al comprarnos hace 6 años un piso mi mujer y yo, tuvimos que empadronarnos en él como primera vivienda.
Ahora, por motivos laborales hemos tenido que abandonar dicha vivienda en detrimento de un piso de alquiler (en otra comunidad autónoma).
De este modo, el piso en el que estoy alquilado debería ser mi vivienda habitual (>183 dias/año) pero, ¿cómo me influye esto en mi declaración de la renta?
Sé que el estar desplazado por motivos laborales tiene beneficios fiscales pero, ¿puedo desgrabarme por hipoteca y alquiler al mismo tiempo? ¿Debo elegir? ¿Cuál es más beneficioso?
Por otro lado, para acceder a asistencia sanitaria me exigen estar empradonado en la nueva comunidad autónoma, ¿cómo me influye esto en imuestos, renta, etc.?
Gracias

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Respuesta
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En principio, la deducción por vivienda habitual se limita, como su propio nombre indica, a la vivienda habitual. En este sentido, en el próximo ejercicio podrías deducir la parte proporcional del alquiler y la hipoteca, pero a partir del próximo ejercicio (2011) sólo el alquiler, ya que es allí donde resides.
Por otro lado, en cuanto a la asistencia sanitaria creo que puedes permanecer doce meses como desplazado accediendo a asistencia sanitaria sin necesidad de empadronarte, pero no estoy 100% seguro de ese punto.
Más información en Impuestos Renta

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