Interpretación de la ley

Alguien podría decirme que significa exactamente esto : "¿que se trate de la primera vivienda de cada uno de los adquirentes" en la reducción del tipo impositivo por transmisiones patrimoniales onerosas de Castilla y León?
a) No puedes tener otra vivienda
b) No puedes haber tenido nunca otra vivienda
Ley:
En las transmisiones de inmuebles que vayan a constituir la vivienda habitual se reducirá el tipo al 0,01 por 100 siempre que se cumplan, simultáneamente, los siguientes requisitos:
a) Cuando todos los adquirentes tengan menos de 36 años a la fecha de devengo del impuesto.
b) Cuando se trate de la primera vivienda de cada uno de los adquirentes.
c) Cuando el inmueble que vaya a constituir la residencia habitual esté situado en uno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León, a los que se refiere el apartado 1 c) del artículo 9 de esta ley.
Gracias

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Que nunca se haya tenido una vivienda a su nombre. Ya hubiere sido habitual o no.

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