Sentencia judicial y declaración hacienda

Hola,
Hace unos años mi pareja y yo pagamos la entrada y letras de un inmueble que finalmente no se realizó pues la empresa fue a concurso de acreedores.
Ahora ha salido la sentencia judicial y nos devuelven el dinero más intereses en seis pagos por transferencia bancaria. Hablamos de 80.000€.
Mi pregunta es: ¿Qué repercusión tiene sobre la declaración de la renta del próximo año? ¿Hacienda se quedará con algo?
Todo es transparente y las trasferencias están perfectamente especificadas.
Gracias.

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Pues según le he podido entender sí va a tener que pagar algo de impuestos por esos pagos.
Así por la parte de la devolución de lo que usted pagó por la compra del inmueble no tendrá nada que pagar a Hacienda si bien por la parte de los intereses indemnizatorios sí que tendrá que hacer frente al IRPF. Sean calificados como rendimientos de capital o como ganancias patrimoniales (en su caso entiendo que se trata de ésto último) tendrá que tributar por el 19 ó 21% (depende si superan los 6.000 euros o no) de los intereses obtenidos durante el 2011 por este concepto.
La única duda que puede surgir es saber si todo es imputable al 2011 o algo puede imputarse al 2012 ( si es que alguno de esos pagos se le va a realizar en 2012). Como regla general el total debería de imputarse al 2011 pero si desde que recae la sentencia hasta que le pagan todo pasa más de 1 año podría imputar parte de esos intereses en el IRPF del 2012. Faltan datos por saber para poder confirmarle este tema que si bien no es dejar de tributar sí es postergar el pago otro año.
Por otro lado, habría que analizar si por esos pagos se ha practicado deducción por vivienda habitual en cuyo caso habría que analizar si tendría que devolver las cantidades que se ha deducido durante estos años más intereses de demora.
Saludos y espero haberle aclarado la cuestión.

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