Compra de vivienda y plusvalía

Hace tiempo hice una consulta sobre la compra de una vivienda de protección, en la que me pedían parte en dinero B. Por suerte para todos, hemos llegado a un arreglo, y puesto que a los vendedores les urge la venta, vamos a comprarla en el máximo legal posible. Aparte pienso comprarles unos muebles preciosos que dejan en la casa, ya que no quieren llevarlos por razones sentimentales. Me gustaría saber:
1.- Esos gastos en los muebles ¿Se pueden considerar como gastos de vivienda?.
2.- La cantidad lograda con el piso que vendemos (lo compramos en 13 millones de pesetas, y lo vendemos en 168.000 euros), es inferior al que compramos. Puesto que vamos a invertir todo en la nueva vivienda (siempre habitual),¿genera algún tipo de plusvalía?.
Respuesta
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Por una parte los muebles no se consideran gastos de vivienda. Como en tu caso se trata de una VPO tienes que escriturar por el máximo legal. El resto solo podría ir en B.
En caso de que tu vendas un piso anterior (que fuera tu vivienda habitual) tienes dos años para reinvertir el dinero en otra vivienda para que así de esa manera la plusvalía esté exenta. Además debes tener un par de cosas en cuenta como que tienes que haber vivido más de tres años en la primera vivienda y tienes que habitar la nueva vivienda antes de 12 meses del pago.
Por último, y esto sí que es importante, en caso de que entre que vendes una vivienda y compres otra cambie de año tienes que declarar la plusvalía pero indicar que la vas a reinvertir, así de esa manera no pagarás nada. Si te olvidas de indicarlo hacienda podría reclamarte la plusvalía aunque hubieras reinvertido en otra.
Suerte
Siempre me habéis ayudado muchísimo. En este caso, y después de todos los nervios sufridos con los "rollos de la vivienda a comprar", hemos llegado todos a un acuerdo que no nos meta en ningún problema y podamos dormir tranquilos. Lo de la plusvalía es la primera alegría del día que me dais. Os estoy muy agradecida.

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