Deducción por adquisición de nuda propiedad 1998
En julio de 1998 mi novia compro la nuda propiedad de un inmueble siendo el usufructo vitalicio de la madre.
La vivienda es la habitual para ambas, pero, como he indicado, legalmente solo tiene la nuda propiedad.
En la declaración del irpf de 1999 un gestor se la declaro como deducción por adquisición de 1ª vivienda habitual.
¿Podía deducirse por este concepto al tener unicamente la nuda propiedad? O la deducción fue realizada incorectamente por no tener la titularidad plena.
Hemos visto en la página web de la agencia tributaria que por nuda propiedad no puede uno deducirse por adquisición de primera vivienda habitual pero, ¿esto era así también en la declaración de 1999 ejercicio 98?
Podemos retonar la deducción si fue incorrecta y declarar ahora la compraventa del piso que sera nuestra vivienda habitual y lógicamente de propiedad de pleno dominio, sin vender el anterior pues existe un usufructo vitalicio de la madre.
La vivienda es la habitual para ambas, pero, como he indicado, legalmente solo tiene la nuda propiedad.
En la declaración del irpf de 1999 un gestor se la declaro como deducción por adquisición de 1ª vivienda habitual.
¿Podía deducirse por este concepto al tener unicamente la nuda propiedad? O la deducción fue realizada incorectamente por no tener la titularidad plena.
Hemos visto en la página web de la agencia tributaria que por nuda propiedad no puede uno deducirse por adquisición de primera vivienda habitual pero, ¿esto era así también en la declaración de 1999 ejercicio 98?
Podemos retonar la deducción si fue incorrecta y declarar ahora la compraventa del piso que sera nuestra vivienda habitual y lógicamente de propiedad de pleno dominio, sin vender el anterior pues existe un usufructo vitalicio de la madre.
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Respuesta de rousmin
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