Reinversión venta inmueble heredado

Llevo viviendo en la casa que ahora vendo desde 1978, en diciembre de 2008 fallece mi padre y el piso que compró de soltero pasa por herencia en 2/3 de pleno dominio + 1/3 de nuda propiedad a mi y 1/3 de usufructo vitalicio a mi madre. Hacemos la herencia e inscribimos en el registro de la propiedad en abril de 2009, en esas fechas yo me empadrono en el domicilio de mi abuelo pero en la declaración consigno como vivienda habitual la que heredé de mi padre. En enero de 2011 vamos a vender la casa heredada para comprar otra mi madre y yo que destinaremos a vivienda habitual, reinvirtiendo todo el dinero que saquemos de la venta.
¿Hacienda me puede exigir el pago de la ganancia que obtengo con el precio de la venta menos la tasación en la herencia?, ¿Tendré problemas para justificar que es vivienda habitual la que vendo al estar empadronado en otra? ¿Sería conveniente que antes de hacer la venta me empadrone de nuevo en el domicilio que vendo?

1 Respuesta

Respuesta
1
Uno de los requisitos para la reinversión de la venta de la vivienda habitual es que precisamente inmueble que vendes tenga condición de vivienda habitual.
Si coges la Ley del IRPF veras que define la vivienda habitual "la que se ocupa de forma continuada para la finalidad de vivienda durante un mínimo de tres años" entre otras especificaciones.
Una de las pruebas que hacienda comprueba (yo diría que la única) es el empadronamiento de la vivienda en cuestión. Las contrapruebas que tu puedes presentar, en tu caso, hacienda las considerara dudosas, por que; Las contrapruebas a las que hago referencia constan de recibos de suministros que prueben que realmente vives allí. No bastante estas pruebas pueden ser validad si vives solo, y creo que en este caso tu madre vive en esa casa. Hacienda alegara: Me remite UD recibos de suministros a su nombre pero eso no prueba que UD vive allí, es decir, Se los puede pagar UD a su madre y UD vivir en otro sitio.
En consecuencia; como esto es algo más subjetivo de lo que te piensas, antes de actuar erróneamente, y dar paso a posibles sanciones, te emplazo a acercarte ha hacienda y exponer tu caso con pormenoridades.
Mi caso es el siguiente, llevo viviendo en la casa que ahora vendo desde 1978, en diciembre de 2008 fallece mi padre y el piso que compró de soltero pasa por herencia en 2/3 de pleno dominio + 1/3 de nuda propiedad a mi y 1/3 de usufructo vitalicio a mi madre. Hacemos la herencia e inscribimos en el registro de la propiedad en abril de 2009, en esas fechas yo me empadrono en el domicilio de mi abuelo pero en la declaración consigno como vivienda habitual la que heredé de mi padre.en enero de 2011 vamos a vender la casa heredada para comprar otra mi madre y yo que destinaremos a vivienda habitual, reinvirtiendo todo el dinero que saquemos de la venta.
¿Hacienda me puede exigir el pago de la ganancia que obtengo con el precio de la venta menos la tasación en la herencia?, ¿Tendré problemas para justificar que es vivienda habitual la que vendo al estar empadronado en otra? ¿Sería conveniente que antes de hacer la venta me empadrone de nuevo en el domicilio que vendo?
Gracias
¿Vivo con mi madre.y si me vuelvo a empadronar en mi domicilio anterior ahora arreglaríamos algo o Hacienda mira desde cuando estoy empadronado? Mis nominas, recibos del banco, también vienen al domicilio en el que no estoy empadronado
Yo creo que vas ha tener algún problema. Por eso acercate a hacienda o llama 901335533 y me cuentas lo que te han dicho.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas