Cambio de tributación individual a conjunta

en los años 2011 y 2012 hice la declaración de renta y por error marque la casilla de tributación individual. Estoy casado desde 2010 y tengo un hijo nacido en 2010.

mi esposa no tubo, ni tiene, ingresos de ningún tipo.

la diferencia haciendo las declaraciones en tributación conjunta es de 1500 euros cada año.

¿ como puedo arreglar el error ?

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Si se tratara de otro tipo de error, por ejemplo un error aritmético, sí que se podría solucionar y usted recuperaría ese dinero, pero para casos como el que usted me plantea, el artículo 83.2 de la LIRPF especifica que, "La opción ejercitada para un período impositivo no podrá ser modificada con posterioridad respecto del mismo una vez finalizado el plazo reglamentario de declaración", es decir, no se puede modificar la opción de tributación de individual a conjunta o al revés una vez pasado el 30 de junio del 2012 (para el caso de la declaración del 2011) y una vez pasado el 30 de junio de 2013 (para el caso de la declaración de 2012), por lo que aquí no hay solución si el error ha sido tan solo ese. No es el primer caso que veo y le aseguro que son inflexibles en eso y aplican la Ley a rajatabla.

Espero haberle sido de ayuda,

gracias por la clara y rápida respuesta. como comentario, no se puede recurrir vía judicial, ¿visto lo injusto que resulta la situación ?

un saludo

En primer lugar perdona por no contestarte ayer, pero con los cambios en la web tuve problemas y no podía acceder a tu pregunta.

En cuanto a lo que planteas decirte que sinceramente creo que tal y como está redactada la Ley es prácticamente imposible que un juez falle a tu favor, ya que no hay ningún punto donde apoyarse... aunque cada juez es un mundo... Te digo esto de la forma más sincera posible... seguramente si vas a un abogado que te cobre por ello te dirá que ganáis seguro...

Un saludo y espero haberte sido de ayuda,

Carlos Jiménez

Asesor fiscal

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